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PROYECTOS DE FOMENTO DE LA ECONOMÍA CIRCULAR

Objeto de la financiación

Fomento de proyectos para la aceleración de la transición hacia una economía circular en Cataluña, mejorando la eficiencia en el uso de los recursos materiales y desacoplando el desarrollo económico global del consumo de recursos.
Las actuaciones subvencionables así como las consideradas no subvencionables se indican en el
ANEXO I.

Beneficiarios

Empresas que tengan al menos un establecimiento operativo ubicado en Cataluña, que la/s actuaciones principales objeto de la convocatoria se desarrollen en Cataluña y que el proyecto subvencionado redunde en beneficio del establecimiento mencionado o en el ámbito territorial de Cataluña:

  • Proyectos de clase A o B: empresas privadas y agrupaciones de empresas privadas.
  • Proyectos de clase C: la solicitante promotora debe ser o una organización empresarial que tenga como finalidad representar los intereses de un sector empresarial, siempre que sea de naturaleza privada y con personalidad jurídica propia, o un sindicato.

Requisitos

  • Un mismo proyecto no podrá presentarse simultáneamente en más de una convocatoria de la Agencia de Residuos de Cataluña.
  • Una misma organización beneficiaria puede ser promotora o socia en un máximo de dos proyectos.
  • Que el importe de la subvención que se solicita, junto con las otras ayudas de minimis que le hayan sido concedidos durante el ejercicio fiscal en curso y los dos ejercicios fiscales anteriores no superen el importe de 200.000 euros.
  • No se puede presentar más de una solicitud por proyecto.

Período de ejecución
El plazo máximo para la ejecución será de 24 meses a contar desde la fecha de la resolución de otorgamiento de la subvención.

Modalidad y cuantía de las ayudas

SUBVENCIÓN

  • PYME: hasta un 75%
  • Resto de beneficiarios: hasta un 50%
  • Proyectos Clase A y B: máximo de 50.000 € por proyecto
  • Proyectos Clase C: máximo de 25.000 € por proyecto

Conceptos financiables

  • Coste laboral del personal propio
  • Compra de equipos, sólo en el caso de proyectos de clase A. Sólo es subvencionable el coste de amortización imputable al plazo de ejecución del proyecto. El beneficiario deberá destinar los equipos a la finalidad para la que se concedió la subvención durante un período mínimo de 5 años.
  • Alquiler de equipos y locales.
  • Costes de consumibles y materiales, excepto las materias primas usadas para la fabricación en serie de productos.
  • Actividades de consultoría y / o ingeniería u otros servicios que sean necesarios para la ejecución del proyecto, incluida la elaboración del informe de resultados de viabilidad técnico ambiental, en su caso.
  • Analíticas y ensayos directamente relacionados con la calidad ambiental del producto o servicio o su aptitud para el uso.
  • Acciones de comunicación derivadas del proyecto, sólo en el caso de las clases A y B, con un máximo del 10% del importe otorgado del proyecto, con un límite de 4.000 euros. En el caso de los proyectos de clase C, como que son parte sustancial, no es aplicable esta limitación.
  • Costo de la revisión de la cuenta justificativa por un auditor (máximo de 1.000 €).
  • Gastos indirectos (máximo del 5% del presupuesto total subvencionable).
  • Subcontrataciones con un límite del 75%. En el caso de autónomos o de microempresas sin personal contratado, este límite se ampliará hasta el 90%.

Cobro de la ayuda

  • Posterior a la justificación

Plazo presentación

  • 19 de febrero 2021

Organismo financiador

En caso de estar interesado en esta línea de financiación

escríbenos a: info@red-innova.es