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Agentes del cambio

Objeto de la financiación

Ayudar al proceso de transición digital de pequeñas y medianas empresas mediante la subvención parcial de los costes salariales de la contratación de profesionales de la transformación digital denominados Agentes del Cambio.

Beneficiarios

PYMEs (10 a 249 empleados) con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España. 

Deberán estar inscritas en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de cada Administración Tributaria Foral.

Agentes del cambio

Profesionales que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Disponer del título acreditativo de haber superado el curso correspondiente al programa «Generación Digital: Agentes del cambio» desarrollado por la Escuela de Organización Industrial o disponer de cualquier otro título acreditado por resolución de la Secretaría de Estado en Digitalización e Inteligencia artificial.
  • Estar inscritos en el Directorio de Agentes del Cambio (accesible desde la plataforma Acelera pyme) en donde podrán publicar sus perfiles profesionales y preferencias.

Conceptos financiables

Costes salariales efectivamente incurridos para la primera contratación de un Agente del Cambio.

Los contratos deben cumplir los siguientes requisitos:

  • La contratación deberá realizarse por cuenta ajena ajustándose al marco normativo vigente en materia laboral definido por el Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y por el Real Decreto-ley 1/2023 de 10 de enero de Medidas Urgentes en Materia de Incentivos a la Contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.
  • Los contratos deberán celebrarse en la modalidad indefinida a tiempo completo, no admitiéndose otras modalidades de contratación ni a tiempo parcial, y por el salario que corresponda conforme a la normativa laboral.
  • El contrato establecerá las cláusulas y condiciones de la relación entre el Agente del Cambio y el beneficiario, que habrán de ser coherentes con el objeto del programa y garantizar la efectiva ejecución de actuaciones para la transformación digital de la pyme beneficiaria como resultado de la labor del Agente del Cambio contratado.
  • El beneficiario deberá mantener a la persona contratada en situación de alta o asimilada a la de alta con obligación de cotizar en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, al tener una duración de al menos tres años desde su inicio.

Modalidad y cuantía de las ayudas

SUBVENCIÓN:

  • Importe máximo: 1.000€/mensuales (Hasta un máximo de 20 meses)
  • El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras medidas de apoyo público para la misma finalidad, superen el 60 % de la cuantía de los costes salariales anuales correspondientes al contrato, estando obligado a comunicar la existencia de estos ingresos o recursos.

Ayuda sujeta al reglamento minimis. La cuantía total de las ayudas de minimis concedidas a una empresa no podrán exceder de 200.000 € en un período de tres ejercicios fiscales.

Período ejecución

Tras la emisión del «bono Agentes del Cambio», el beneficiario deberá formalizar contrato laboral con un Agente del Cambio elegible y obtener resolución de validación del contrato.

  • Período ejecución: 20 meses desde la formalización del contrato

Presupuesto convocatoria

121.000.000€

Compatibilidad con otras ayudas

Incompatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, que cubran el mismo coste, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Pago de la ayuda

Trimestral.

Plazo presentación

Concurrencia no competitiva por riguroso orden de solicitud. 

Desde el 25 abril 2023 por un período de 12 meses o hasta que se agote el crédito presupuestario de la convocatoria.

Cuando una misma empresa presente varias solicitudes, sólo se tramitará la que se hubiera presentado la última en el orden de llegada, teniéndose las anteriores solicitudes por desistidas.

Organismo financiador

En caso de estar interesado en esta línea de financiación

escríbenos a: info@red-innova.es