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Agentes del cambio

Objeto de la financiación

Ayudar al proceso de transición digital de pequeñas y medianas empresas mediante la subvención parcial de los costes salariales de la contratación de profesionales de la transformación digital denominados Agentes del Cambio.

Beneficiarios

PYMEs (10 a 249 empleados) con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España. 

Deberán estar inscritas en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de cada Administración Tributaria Foral.

Agentes del cambio

Profesionales que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Disponer del título acreditativo de haber superado el curso correspondiente al programa «Generación Digital: Agentes del cambio» desarrollado por la Escuela de Organización Industrial.
  • Estar inscritos en el Directorio de Agentes del Cambio (accesible desde la plataforma Acelera pyme) en donde podrán publicar sus perfiles profesionales y preferencias.

Conceptos financiables

Costes salariales efectivamente incurridos para la primera contratación de un Agente del Cambio.

Los contratos deben cumplir los siguientes requisitos:

  • La contratación deberá realizarse por cuenta ajena ajustándose al marco normativo vigente en materia laboral definido por el Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
  • Los contratos deberán celebrarse en la modalidad indefinida a tiempo completo, no admitiéndose otras modalidades de contratación ni a tiempo parcial, y por el salario que corresponda conforme a la normativa laboral.
  • El contrato establecerá las cláusulas y condiciones de la relación entre el Agente del Cambio y el beneficiario, que habrán de ser coherentes con el objeto del programa y garantizar la efectiva ejecución de actuaciones para la transformación digital de la pyme beneficiaria como resultado de la labor del Agente del Cambio contratado.

Modalidad y cuantía de las ayudas

SUBVENCIÓN:

  • Importe máximo: 1.000€/mensuales (Hasta un máximo de 20 meses)

Ayuda sujeta al reglamento minimis. La cuantía total de las ayudas de minimis concedidas a una empresa no podrán exceder de 200.000 € en un período de tres ejercicios fiscales.

Período ejecución

Tras la emisión del «bono Agentes del Cambio», el beneficiario deberá formalizar contrato laboral con un Agente del Cambio elegible y obtener resolución de validación del contrato.

  • Período ejecución: 20 meses desde la formalización del contrato

Presupuesto convocatoria

121.000.000€

Compatibilidad con otras ayudas

Incompatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, que cubran el mismo coste, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Pago de la ayuda

Trimestral.

Plazo presentación

Concurrencia no competitiva por riguroso orden de solicitud. 

Desde el 25 abril 2023 hasta el 25 julio 2023 o hasta que se agote el crédito presupuestario de la convocatoria.

Organismo financiador

En caso de estar interesado en esta línea de financiación

escríbenos a: info@red-innova.es