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BIKAINTEK – Ayudas para la realización de doctorados industriales (DI)

Objeto de la financiación

Concesión de ayudas a la realización de doctorados industriales mediante la cofinanciación de los costes laborales del personal investigador en formación que desarrolle un proyecto de investigación industrial, en una empresa o en un agente acreditado en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación -RVCTI-, en la categoría de Centros Tecnológicos o de Centros de Investigación Cooperativa (CIC) o de Unidades de I+D empresariales.

El proyecto de investigación industrial debe dar lugar a una tesis doctoral en temas de interés y relevancia para la empresa interesada y que forme parte de una línea de investigación desarrollada por la misma, siempre que las actividades propuestas sean nuevas o supongan una mejora, ampliación o la ejecución de una investigación o línea de investigación que la empresa no llevaría a cabo como parte de sus actividades ordinarias de I+D, debiendo justificar en su solicitud la necesidad y el efecto incentivador de la ayuda.

Beneficiarios

  • Empresas y las unidades de I+D empresariales que desarrollen un proyecto de investigación industrial empleando personas, que podrán ser de la plantilla o nuevas contrataciones, matriculadas en las enseñanzas de doctorado del área de conocimiento del proyecto, en una universidad de la CAPV pública o privada (máximo dos tesis doctorales por convocatoria).
  • Agentes integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, en las categorías de Centros de Investigación Cooperativa, Centros Tecnológicos y Unidades de I+D empresariales, acreditados en el momento de la solicitud (podrán solicitar un número máximo de tesis equivalente al 10 % de los doctores/as que tenga en plantilla).

Requisitos elegibilidad

  • Las personas investigadoras en formación deberán cumplir los siguientes requisitos:
    • Haber presentado su solicitud de admisión a un programa de doctorado en el año de la convocatoria y, en el momento de la formalización del contrato, estar matriculada o admitida en dicho programa de doctorado en un centro universitario de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de una universidad pública o privada.
    • Además de disponer de un Director o Directora de tesis vinculado a la universidad, la persona doctoranda contará con una persona responsable del proyecto designada por la empresa o por el Agente de la Red Vasca de Ciencia Tecnología e Innovación.
    • No contar con una participación en el capital de la entidad que solicita la ayuda o de otra relacionada accionarial o socialmente con la misma que suponga una capacidad de control efectivo, directo o indirecto, de la entidad.
    • No figurar como candidata en la solicitud de más de una entidad.
    • No estar en posesión del título de Doctor/a, por cualquier universidad española o extranjera.
    • No haber disfrutado, por un período superior a 12 meses, de una ayuda cuyo objetivo sea la formación predoctoral a través del desarrollo de una tesis doctoral, o similar.
    • La obtención del grado de doctor deberá tener lugar durante los tres primeros años de la ayuda. A partir de la obtención del grado de doctor, la persona investigadora realizará actividades de investigación dentro del proyecto de investigación industrial propuesto por la empresa que le permitan desarrollar un período de perfeccionamiento posdoctoral. Excepcionalmente, la obtención del grado de doctor podrá tener lugar durante el cuarto año de la ayuda siempre que la evolución de la tesis doctoral así lo asegure. A estos efectos, se considera que se ha obtenido el grado de doctor en la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral.
  • La retribución anual deberá ser igual o superior a 20.000€

Modalidad y cuantía de las ayudas

SUBVENCIÓN: El coste de contratación máximo financiable es de 40.000 €/año

  • Pequeñas empresas: hasta 70%
  • Mediana empresa: hasta 60%
  • Gran empresa, centro tecnológico, CIC y Unidad I+D empresarial: hasta 50%

Conceptos financiables

  • Costes directos: costes de contratación de la persona investigadora presentada (retribución bruta más la cuota empresarial de la Seguridad Social, descontadas las cuotas bonificadas anuales, si las tuviere).
  • Costes indirectos: 15 % de los costes directos de personal subvencionables.
  • Gastos de viajes y estancias: máximo 12.000€ durante el periodo completo de formación. Los gastos de manutención no superarán los 50€/día.

Período financiable

  • Los contratos a subvencionar tendrán una duración mínima de 4 años, contado el inicio desde la primera matriculación en un Programa de Doctorado.
  • Cuando la incorporación al centro de trabajo del doctorando/a se produzca con posterioridad a la fecha de publicación de la resolución de concesión, la ayuda comenzará a contar su plazo desde la fecha efectiva de incorporación al centro de trabajo.
  • En el caso de que la persona doctoranda fuera contratada con anterioridad a la fecha de publicación de la resolución de concesión, la ayuda comenzará a contar su plazo al día siguiente al de la publicación.

Cobro de la ayuda

  • El primer pago, correspondiente a la primera anualidad, se realizará tras incorporarse la persona investigadora al centro de adscripción.
  • El segundo, tercer y cuarto pago, se tramitará después de recibir y revisar la justificación parcial de la anualidad anterior. 

Plazo presentación

  • 25 de abril 202

Organismo financiador

En caso de estar interesado en esta línea de financiación

escríbenos a: info@red-innova.es