Colaboración Público – Privada 2026
Objeto de la financiación
Apoyar proyectos de desarrollo experimental en cooperación entre empresas y organismos de investigación, a fin de avanzar en la incorporación de conocimientos y resultados científico-técnicos que permitan la validación y el desarrollo precompetitivo de nuevas tecnologías, productos y servicios creando el contexto adecuado que estimule la generación de una masa crítica en I+D+i de carácter interdisciplinar para su aplicación, transferencia, búsqueda de soluciones y generación de resultados tanto en las trayectorias tecnológicas y de innovación de las empresas como en el mercado.
Las propuestas deben encuadrarse en un único reto de los mencionados a continuación:
- Salud
- Cultura, Creatividad y sociedad inclusiva
- Seguridad para la sociedad
- Digitalización y telecomunicaciones
- Industria
- Espacio y defensa
- Energía y movilidad
- Alimentación, bioeconomía, recursos naturales, agricultura, clima y medioambiente
Beneficiarios
- Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.
- Universidades públicas.
- Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.
- Otros centros públicos de I+D.
- Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica válidamente inscritos en el momento de la presentación de la solicitud en el registro de centros regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 18 de diciembre.
- Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D.
- Centros privados de I+D con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos la I+D como actividad principal.
- Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado. La fecha de constitución o inicio de actividad debe haber sido anterior al 1 octubre 2025.
- Asociaciones empresariales sectoriales.
Requisitos de elegibilidad
- Proyectos en cooperación público-privada.
- El coordinador debe ser una empresa.
- Nº mínimo de participantes: 2 entidades, una empresa y un organismo de investigación público o privado.
- Participación mínima por entidad: 10% del presupuesto total del proyecto.
- La suma de los porcentajes de participación empresarial deberá ser, al menos, del 51 % del presupuesto total presentado, sin que ninguna entidad corra por si sola con más del 70 % de dicho presupuesto.
Presupuesto
- Presupuesto mínimo: 350.000€ (del cual como mínimo el 51% deberá corresponder al sector empresarial).
- Participación mínima del agente de I+D+i del 10%.
- Presupuesta máximo por empresa y proyecto: 15.000.000 €
Modalidad y cuantía de las ayudas

Características de préstamo:
- Interés: Euribor a 1 año publicado por el Banco de España el mismo día del mes anterior al de publicación de la convocatoria. Si este fuese negativo el interés será del 0%
- Plazo máximo Amortización: 10 años
- Plazo máximo de devolución: 7 años tras el período de carencia.
- Carencia: 3 años, que comenzará a contabilizar el 1 febrero del año siguiente de la anualidad que corresponda.
Conceptos financiables
- Personal (coste hora máximo 50€/h). En el caso de organismos públicos, no será financiado el personal propio, pero deberá incluirse obligatoriamente en el presupuesto del proyecto.
- Grupos de cotización 1, 2 y 3
- Socios-accionistas de la empresa pueden imputarse como personal si figuran en una escritura notarial
- Materiales (no se financiará material de oficina y consumibles informáticos)
- Costes de adquisición, alquiler, arrendamiento financiero («leasing»), mantenimiento, reparación y amortización de activos materiales, como instrumental, equipamiento científico-técnico e informático y otros elementos necesarios para la actuación. Se podrá financiar la adquisición o amortización del equipamiento necesario para la realización proyecto, excluyendo los dispositivos informáticos de uso genérico (PC, ordenadores portátiles, impresoras…). Se incluyen en este apartado los costes de adquisición o amortización de programas de ordenador de carácter técnico, siempre que se justifique adecuadamente su necesidad en la memoria del proyecto.
- Subcontrataciones: máximo 50% del presupuesto del beneficiario (costes directos + indirectos).
- Otros costes directos:
- costes de solicitud de patentes generadas por el proyecto (no serán financiables para grandes empresas).
- gastos de consultoría para la gestión del proyecto hasta un máximo 20.000€/proyecto (solo el Coordinador).
- prestaciones de servicios que, estando relacionadas con el proyecto, no constituyen en sí mismas parte de la actividad subvencionada y que por lo tanto no son susceptibles de subcontratación.
- Viajes
- Auditoría: Auditoría: máximo 2.500€/beneficiario
- Costes de movilidad: costes de viajes estrictamente necesarios para la realización del proyecto. Únicamente se admitirán viajes referidos a las personas imputadas en el apartado de costes de personal y siempre que aparezcan nominativamente identificadas en la justificación o en la solicitud de ayuda.
- Costes indirectos: Para las empresas y asociaciones empresariales sectoriales se calcularán como un porcentaje fijo del 20 % sobre los gastos directos del proyecto válidamente justificados, sin necesidad de aportar justificantes.
- Incorporación de doctores en empresas: nuevas contrataciones, con carácter indefinido de investigadores con grado de Doctor, serán subvencionables siempre que su salario sea al menos de 29.000 € brutos anuales. Este concepto será financiado como SUBVENCIÓN.
Duración del proyecto
- Duración de 36 meses
- La fecha de inicio deberá ser posterior a la fecha de finalización de presentación de solicitudes y estar comprendida a lo largo del año 2026.
Garantías
Cuando el préstamo total concedido al proyecto sea mayor o igual que 2.000.000 € se deberán constituir garantías por el importe de la ayuda obtenida.
Para el pago de la primera anualidad se debe constituir la garantía correspondiente en el plazo de 30 días naturales, desde la notificación de propuesta de resolución definitiva.
Cobro de la ayuda
Pagos anticipados tras dictarse la resolución de concesión estimatoria.
La ayuda en forma de préstamo y la primera anualidad de la ayuda en forma de subvención se abonarán en el ejercicio 2027.
El pago de la ayuda se realizará individualmente a cada uno de los participantes en el proyecto.
Plazo presentación
- Del 9 de enero al 30 de enero 2026 (14:00 horas)
Organismo financiador

En caso de estar interesado en esta línea de financiación
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