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Programa bilateral España – Catar 2023

Objeto de la financiación

Impulsar la cooperación entre España y Catar a través de proyectos conjuntos de desarrollo tecnológico e innovación con el objetivo de generar beneficios económicos para España y Catar e impulsar la competitividad de sus empresas. Se priorizarán las siguientes áreas:

  • Energía
  • Salud
  • Sostenibilidad
  • Tecnologías digitales

Requisitos elegibilidad

  • Consorcio mínimo: 
    • Por parte de Catar: una empresa
    • Por parte de España: 1 empresa 
  • Proyectos orientados a necesidades específicas de mercado o cambios socio-económicos que sean de interés para ambos países.
  • Proyectos que implican el desarrollo o mejora de productos, procesos o servicios.
  • Las propuestas de proyectos deben suponer una colaboración efectiva entre empresas de ambos países. 
  • No se considerará como cooperación internacional la participación en el proyecto de socios de grupos empresariales o empresas vinculadas de ambos países.
  • La propuesta debe estar equilibrada entre las partes y los resultados deben suponer un beneficio para las mismas (ningún país debe tener más del 70% de presupuesto).

Beneficiarios a nivel español

  • Empresas españolas (pequeñas, medianas o grandes).

Presupuesto mínimo español
El presupuesto mínimo elegible por empresa española es de 175.000€

Modalidad y cuantía de las ayudas

PRÉSTAMO: de hasta el 75% del presupuesto del proyecto

  • Interés fijo: Euribor a 1 año (a establecer en el momento de la aprobación)
  • Carencia: 2- 3 años
  • Plazo amortización: 10 -15 años

SUBVENCIÓN: hasta un 33% del préstamo obtenido será no reembolsable (TNR).

Conceptos financiables

  • Personal
  • Compra de materiales, suministros, etc
  • Amortización de equipos nuevos o antiguos. En este último caso no deben estar previamente financiados.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado.
  • Costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación
  • Gastos generales suplementarios
  • Informe de auditoría (máximo 2.000€ por beneficiario e hito)
  • Gasto de la obtención de un informe de valoración del cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (DNSH) mediante entidad acreditada por ENAC, y de cualquier otro informe relativo al cumplimiento de este principio que se pueda requerir en fases posteriores del proyecto. (máximo 2.000€/ proyecto) 
  • Subcontrataciones de otras empresas, organismos de investigación, centros tecnológicos e Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS). (Hasta un 65%)

Duración del proyecto

  • Duración: 1 a 3 años
  • El proyecto podrá tener uno o varios hitos técnicos, cuya duración deberá ser de 9 a 18 meses. 

Cobro de la ayuda

  • Anticipos del 35% con un máximo de 250.000€ sin garantía adicional a las condiciones financieras aprobadas por CDTI.
  • Anticipos del 50 – 75% de la ayuda concedida siempre que la empresa aporte avales de entidades financieras o sociedades de garantía recíproca con solvencia suficiente a juicio del CDTI.
  • De forma parcial con posterioridad a la justificación de cada hito del proyecto.
  • El CDTI puede condicionar el cobro de la ayuda a las condiciones financieras adicionales (ampliación de capital, aval bancario por el préstamo concedido, total o parcial, etc.)

Plazo presentación

  • 7 de septiembre 2023

Organismos financiadores

Se trata de una convocatoria donde la financiación corre a cuenta de cada país.
En España el organismo financiador es CDTI.

En caso de estar interesado en esta línea de financiación

escríbenos a: info@red-innova.es