
Convocatoria España – Corea (KSEI)- 2025
Objeto de la financiación
Fomentar el desarrollo de proyectos de desarrollo tecnológico y transferencia de tecnología entre España y Corea en materia de Energía en alguna de las siguientes áreas tecnológicas:
- Hidrógeno y pilas de combustible
- Sistemas de almacenamiento de energía
- Energía renovable eólica
Los proyectos deben tener como resultado un producto, proceso o servicio innovador orientado a mercado internacional y basado en tecnologías innovadoras.
Requisitos elegibilidad
- Nº mínimo de participantes:
- 1 empresa por parte de España.
- 1 empresa por parte de Corea. Por parte de Corea los beneficiarios pueden ser empresas, universidades o centros de investigación, pero al menos debe haber una empresa actuando como líder.
- La cooperación internacional debe suponer una ventaja adicional frente a la posibilidad de ejecutar el proyecto de manera individual.
- Ningún país debe tener más del 70% del presupuesto.
- El presupuesto debe ser coherente con los desarrollos a realizar y con la capacidad técnica/financiera de los participantes.
- Los resultados del proyecto deben tener un fin civil.
- Los participantes deberán firmar un acuerdo de consorcio que especifique los derechos y obligaciones de las partes respecto al desarrollo del proyecto y los posibles derechos de propiedad intelectual, explotación y comercialización.
Beneficiarios a nivel español
- Empresas españolas (pequeñas, medianas o grandes).
- Los organismos públicos españoles sólo pueden participar como subcontratados por la empresa española.
Presupuesto mínimo español
El presupuesto mínimo elegible por empresa española es de 175.000€
Modalidad y cuantía de las ayudas
PRÉSTAMO: de hasta el 85% del presupuesto del proyecto
- Interés fijo: Euribor a 1 año (a establecer en el momento de la aprobación)
- Carencia: 2- 3 años
- Plazo amortización: 10 o 15 años
SUBVENCIÓN: hasta un 30% (PYME) y 25% (gran empresa) del préstamo obtenido será no reembolsable.
Conceptos financiables
- Personal.
- Compra de materiales e instrumental: en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto. En caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán elegibles los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas.
- Costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación.
- Gastos generales suplementarios y otros gastos derivados del proyecto.
- Informe de auditoría (máximo 2.000€ / entidad beneficiaria e hito).
- Gastos de gestión y coordinación del proyecto (máximo 6.000€ / entidad beneficiaria e hito).
- Gasto derivado de la obtención de un informe de valoración del cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (DNSH) mediante entidad acreditada por ENAC, y de cualquier otro informe relativo al cumplimiento de este principio que se pueda requerir en fases posteriores del proyecto (máximo 2.000€ / proyecto).
- Subcontrataciones (hasta el 65% del presupuesto elegible)
Duración del proyecto
- 3 años
Plazo presentación
- 25 abril 2025
Organismos financiadores
Se trata de una convocatoria donde la financiación corre a cuenta de cada país.
En España el organismo financiador es CDTI.
En caso de estar interesado en esta línea de financiación
escríbenos a: info@red-innova.es