Convocatoria España – Corea (KIAT)
Objeto de la financiación
Fomentar el desarrollo de proyectos conjuntos de I+D entre España y Corea centrados en el desarrollo de aplicaciones y productos innovadores en todas las áreas tecnológicas y de mercado, siempre y cuando tengan un fin civil.
El producto, proceso o servicio debe ser innovador y debe haber un riesgo tecnológico involucrado.
No existen líneas tecnológicas predeterminadas, pero se priorizan las áreas industriales: Biotecnología incluyendo Salud, Tecnologías verdes (incluyendo Energía), Smart Cities y Transporte, Tecnologías de la Información y Comunicación, Nanotecnología, Materiales, Nuevas Tecnologías de Producción y Aeroespacial.
Requisitos elegibilidad
- Nº mínimo de participantes:
- 1 empresa por parte de España.
- 1 empresa por parte de Corea.
- El resultado del proyecto debe ser un producto, proceso o servicio innovador orientado a mercado consecuencia de la cooperación tecnológica de los participantes.
- La cooperación internacional debe suponer una ventaja evidente y un valor añadido resultante de la cooperación tecnológica entre los participantes de los países frente a la posibilidad de ejecutar el proyecto de manera individual. (por ejemplo, mayor base de conocimientos, contactos comerciales, acceso a la infraestructura de I+D, etc.).
- Los resultados deben tener fin civil.
- Ningún país debe tener más del 70% del presupuesto.
- El presupuesto debe ser coherente con los desarrollos a realizar y con la capacidad técnica/financiera de los participantes.
- Los participantes deberán firmar un acuerdo de consorcio que especifique los derechos y obligaciones de las partes respecto al desarrollo del proyecto y los posibles derechos de propiedad intelectual, explotación y comercialización.
Beneficiarios a nivel español
- Empresas españolas (pequeñas, medianas o grandes).
Presupuesto mínimo español
El presupuesto mínimo elegible por empresa española es de 175.000€
Modalidad y cuantía de las ayudas
PRÉSTAMO: de hasta el 85% del presupuesto del proyecto
- Interés fijo: Euribor a 1 año (a establecer en el momento de la aprobación)
- Carencia: 2- 3 años
- Plazo amortización: 10 o 15 años
SUBVENCIÓN: hasta un 33% del préstamo obtenido será no reembolsable (TNR).
Conceptos financiables
- Personal
- Compra de materiales, suministros, etc
- Amortización de equipos nuevos o antiguos. En este último caso no deben estar previamente financiados.
- Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado.
- Costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación
- Gastos generales suplementarios
- Informe de auditoría
Duración del proyecto
- 1 – 3 años
Cobro de la ayuda
- Anticipos del 35% con un máximo de 250.000€ sin garantía adicional a las condiciones financieras aprobadas por CDTI.
- Anticipos del 50 – 75% de la ayuda concedida siempre que la empresa aporte avales de entidades financieras o sociedades de garantía recíproca con solvencia suficiente a juicio del CDTI.
- De forma parcial con posterioridad a la justificación de cada hito del proyecto.
- El CDTI puede condicionar el cobro de la ayuda a las condiciones financieras adicionales (ampliación de capital, aval bancario por el préstamo concedido, total o parcial, etc.)
Plazo presentación
- 28 abril 2022
Organismos financiadores
Se trata de una convocatoria donde la financiación corre a cuenta de cada país.
En España el organismo financiador es CDTI.
En caso de estar interesado en esta línea de financiación
escríbenos a: info@red-innova.es