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Desarrollo de nuevas y jóvenes empresas de base tecnológica

Objeto de la financiación

Ayudas destinadas a:

  • Línea 1: fomentar la actividad de nuevas empresas innovadoras de base tecnológica de hasta 1 año de antigüedad en la Comunidad de Madrid.
  • Línea 2: consolidación de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de antigüedad en la Comunidad de Madrid.

El contenido de los proyectos empresariales deberá corresponder con alguna de las siguientes áreas temáticas (para más detalle ver Anexo 1):

  • Procesos humanos y sociales
  • Comunicaciones y transformación digital
  • Tecnologías avanzadas habilitadoras
  • Transición ecológica
  • Salud global
  • Biotecnología y agroalimentación

Los proyectos se desarrollarán en cualquier municipio del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Para más detalle sobre las actividades subvencionables ver ANEXO 2.

Beneficiarios

PYMEs que tengan su domicilio fiscal y, al menos, un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que sea una persona jurídica constituida válidamente como empresa, con forma jurídica societaria, que ejerza de forma habitual una actividad económica dirigida al mercado e inscrita en el registro correspondiente. 
  • Que tenga categoría de pequeña empresa.
  • Que sea una empresa innovadora.
  • Que cuente con capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de la ayuda que se conceda.
  • Antigüedad, que se computa desde la fecha de alta en el IAE hasta la fecha de inicio de presentación de solicitudes. 
    • Línea 1: hasta 1 año de antigüedad. 
    • Línea 2: más de 1 y hasta cinco 5 de antigüedad.

Estos requisitos se deberán cumplir y mantener durante la ejecución de los proyectos subvencionados y hasta la finalización de los mismos.

Modalidad y cuantía de las ayudas

  • SUBVENCIÓNhasta el 100% de los gastos considerados subvencionables con los siguientes límites:
    • Línea 1: max. 80.000€
    • Línea 2: max. 150.000€

Conceptos financiables

  • Gastos de personal
  • Costes de instrumental y materiales
  • Costes de investigación contractual de investigación y desarrollo, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado, así como los costes de consultoría para la adquisición, protección y comercio derechos de propiedad industrial y/o intelectual. 
  • Gastos de asesoramiento y apoyo a la innovación y al desarrollo de negocio
  • Otros servicios externos: asistencia técnica, consultoría o equivalente en materia jurídica, económica y financiera, gestión empresarial, marketing, difusión y comercialización. 
  • Informes, certificaciones y auditorías realizadas por auditores o expertos en la medida que sean requeridos por las bases reguladoras. 
  • Otros gastos de funcionamiento:
    • Gastos de viajes y dietas directamente relacionados con el proyecto (máx. 10% de coste de personal)
    • Costes de auditorías económico financieras e industriales y de seguimiento del proyecto. 
    • Cuotas abonadas por servicios prestados por viveros, incubadoras, parques científicos, y otras entidades de alojamiento de Start-up. 
  • Costes indirectos (15% del coste de personal) 

Nota: El beneficiario podrá subcontratar hasta un máximo del 70% de la actividad que constituye el objeto de la subvención.

Presupuesto mínimo

  • Línea 1: 30.000€
  • Línea 2: 75.000€

Duración del proyecto

El plazo de ejecución de los proyectos se computará desde la fecha de inicio de la ejecución del proyecto, comunicada por la entidad beneficiaria al órgano instructor, y será de hasta 12 meses.

Cobro de la ayuda

Pagos anticipados sin necesidad de presentar garantías. La distribución de los pagos anticipados se realizará, en función del período de ejecución de los proyectos, y se determinará en cada convocatoria.

Plazo presentación

  • 27 de febrero de 2025

Organismo financiador

En caso de estar interesado en esta línea de financiación

escríbenos a: info@red-innova.es