red-innova.es

Alertas y noticias
  /  Novedades   /  Cultura científica, tecnológica e innovadora

Cultura científica, tecnológica e innovadora

Objeto de la financiación

Promover proyectos en las siguientes líneas de actuación (Más detalles en el Anexo):

  • Línea 1: Cultura científica, tecnológica y de la innovación
  • Línea 2: Educación y vocaciones científicas
  • Línea 3: Ciencia Ciudadana
  • Línea 4: Redes de divulgación y comunicación de la ciencia y la innovación
  • Línea 5: Fomento del pensamiento crítico

Los proyectos se podrán llevar a cabo de manera: individual o en consorcio.

Beneficiarios

Las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y que tengan domicilio fiscal en España:

  • Organismos públicos de investigación
  • Universidades públicas, sus institutos universitarios y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i
  • Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.
  • Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.
  • Centros públicos de I+D que en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan a la I+D+i como actividad principal.
  • Centros públicos de I+D que realicen transferencia tecnológica o difusión y divulgación tecnológica y científica. Estas funciones deberán estar definidas en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.
  • Centros privados de I+D que tengan definida en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
  • Centros privados de I+D que realicen transferencia tecnológica o difusión y divulgación tecnológica y científica. Estas funciones deberán estar definidas en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.
  • Cualesquiera otras personas jurídicas, públicas o privadas, mercantiles o sin ánimo de lucro, que realicen actividades de I+D+i, o generen conocimiento científico o tecnológico, o faciliten su aplicación y transferencia, o contribuyan a la educación, difusión y divulgación científicas. Estas funciones deberán estar definidas en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.

Período de ejecución

1 de julio de 2022 al 30 de junio de 2023

Conceptos financiables

  • Costes de personal: Coste laboral del personal temporal contratado exclusiva y específicamente para la realización de la actividad objeto de la ayuda, debiendo constar expresamente en su contrato laboral. No se financiarán los costes de personal fijo vinculado funcionarial, estatutaria o contractualmente a la entidad beneficiaria.
  • Costes de movilidad: gastos de viaje, locomoción, dietas, alojamiento y manutención, siempre y cuando sean ejecutados por personal involucrado en la ejecución de las actividades objeto de ayuda, estén directamente vinculados a la actividad y se identifique claramente en la justificación la persona que ha incurrido en el gasto.
  • Adquisición de material fungible, suministros y productos similares, directamente relacionados con la ejecución de las actividades objeto de ayuda. Los gastos de material de oficina y consumibles informáticos no se financiarán por tener la consideración de gastos generales.
  • Los costes de consultoría, asesoramiento de la realización de estudios, preparación de actuaciones formativas, difusión, publicidad, y servicios equivalentes, destinados de manera exclusiva a la ejecución directa de la actividad objeto de la ayuda, siempre que no constituyan en sí mismos parte de la actividad financiada. Máximo 50% del importe de la actividad financiada.
  • Los costes de alquiler de salas, traducción, organización de conferencias, eventos, congresos, seminarios y reuniones.
  • Los costes de utilización de servicios centrales del organismo siempre y cuando tengan tarifas públicas.
  • Gastos derivados de la garantía bancaria exigida por la correspondiente convocatoria, siempre y cuando el importe del anticipo sea para el beneficiario indispensable para llevar a efecto la actividad principal a fomentar, hasta un límite del 1% del importe anticipado. No serán gastos financiables los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, los tributos y los gastos de procedimientos judiciales.
  • Auditoría: hasta un límite de 1.200 euros por ayuda.
  • Otros costes no contemplados en los anteriores apartados que se deriven de la actuación y que sean necesarios para su ejecución.

Modalidad y cuantía de las ayudas

SUBVENCIÓN: hasta un 60% del presupuesto total del proyecto. (máx. 150.000€/proyecto)

Plazo presentación

  • 2 de diciembre de 2021  – 13:00hs

Organismo financiador

En caso de estar interesado en esta línea de financiación

escríbenos a: info@red-innova.es