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Innovación tecnológica en PYMEs

Objeto de la financiación

Financiar proyectos de innovación tecnológica de carácter aplicado, cercanos a mercado y con riesgo tecnológico medio / bajo que fomenten la transformación tecnológica, digital o verde de la empresa catalana consiguiendo la mejora de su competitividad mediante la incorporación de tecnologías avanzadas.

Transformación tecnológica: proyecto que implique la introducción de un producto (bien o servicio) nuevo o significativamente mejorado disponible en el mercado, de un proceso, de un nuevo método de comercialización o de un nuevo método organizativo en las prácticas internas de la empresa, la organización del lugar de trabajo o de las relaciones exteriores.

Un proyecto donde las tecnologías avanzadas intervienen de manera directa en los resultados de este proyecto de innovación, ya sea porque la innovación está relacionada con nuevos desarrollos tecnológicos, nuevas combinaciones de tecnologías existentes o en la utilización de otros conocimientos técnicos y/o tecnológicos adquiridos respecto a los ya existentes en la empresa.

La innovación asociada al proyecto debe ser nueva para la empresa o sector en el que trabaja. No hace falta que sea nueva para el mercado.

Transformación digital: Se entiende por un proyecto de innovación tecnológica para la transformación digital de la empresa aquel proyecto que tenga como objetivo ayudar a la empresa a abordar, desde la innovación, su transformación digital a partir de las tecnologías avanzadas consideradas dentro de la definición de industria 4.0 (fabricación aditiva/impresión 3D, blockchain, robótica, supercomputación y tecnologías cuánticas, computación en la nube, ciberseguridad, Internet de las cosas, 5G, realidad virtual y realidad aumentada o mixta, Big Data e inteligencia artificial, fotónica y simulación o gemelo digital) alineado con lo que propone el Programa ProACCIÓ 4.0.

Transformación verde: Se entiende por un proyecto de innovación tecnológica para transformación verde de la empresa aquel proyecto que tenga como objetivo ayudar a la empresa a abordar, desde la innovación, su transformación verde para dar respuesta a los retos ambientales derivados de la emergencia climática, contribuir a la neutralidad climática y la circularidad, facilitando la implantación del Green Deal europeo, gracias a la introducción de tecnologías avanzadas consideradas dentro de la definición de industria 4.0 (ver la definición del proyecto de innovación tecnológica para la transformación digital), la combinación de éstas o las tecnologías por la transformación verde.

Los proyectos deben considerar la aplicación de tecnologías para la transformación verde para los siguientes ámbitos tecnológicos:

  • Tecnologías relacionadas con la preservación de océanos y mares, como las relacionadas con la economía azul.
  • Tecnologías relacionadas con la correcta gestión, mejora de la calidad, racionalización y reaprovechamiento del agua como recurso escaso, tratamiento y eliminación de contaminantes y aprovechamiento de materiales provenientes de los lodos de depuradora, el rediseño de infraestructuras y de sistemas de gestión, o su interrelación con otros sectores como la agricultura, las industrias o la producción de energía.
  • Tecnologías vinculadas a la simbiosis industrial y orientadas a la mejora de la eficiencia en el uso de recursos (materiales, energía y agua). Reciclaje, valorización y minería urbana, redes inteligentes y redes distribuidas o ciudades inteligentes.
  • Proyectos orientados a desarrollar la alimentación del futuro, velando por una producción alimentaria respetuosa con el medio ambiente, el cambio climático, la pérdida de biodiversidad o la reducción de la contaminación: tecnologías alimentarias, agrotecnologías y biotecnología verde.
  • Tecnologías para el desarrollo de nuevos materiales más sostenibles, por ejemplo relacionadas con la captura y utilización de CO2, o bio basados.
  • Sistemas de captura y almacenamiento de CO2.
  • Tecnologías orientadas a la descarbonización de la economía, el uso de las energías renovables, el desarrollo de sistemas de almacenamiento, como las relacionadas con el hidrógeno, las baterías, tecnologías relacionadas con almacenamiento y recuperación de energía o edificios inteligentes.
  • Tecnologías relacionadas con la gestión eficiente y sostenible de procesos de fabricación que velen por el aprovechamiento máximo de los recursos que se utilizan para la fabricación de productos, como por ejemplo tecnologías de catálisis y biocatálisis, reciclaje químico, etc.

Los proyectos pueden tener como objetivo generar productos, procesos o servicios que estén alineados con la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y con la adaptación a los impactos del cambio climático, es decir, la reducción de la vulnerabilidad de los sistemas naturales y los ámbitos socioeconómicos (como la eficiencia en el uso del agua, el suelo, la energía, la mejora en la biodiversidad o la contribución a la resiliencia del territorio).

Requisitos de los proyectos

  • Las actividades del proyecto deberán llevarse a cabo en Cataluña.
  • El proyecto debe ser técnicamente viable.
  • El proyecto debe suponer un avance tecnológico para la empresa. Se entiende por avance tecnológico para la empresa cuando la incorporación de nuevas soluciones tecnológicas, de formas de uso, de nuevas reglamentaciones o de nuevos productos disponibles en el mercado (todos ellos derivados de tecnologías avanzadas con TRLs 7 o superiores) implica un cambio tecnológico relevante para la empresa, a raíz de la ejecución del proyecto de innovación tecnológica respecto a su punto de partida y enfocado a un reto o a la solución de un problema. Serán objeto de la definición de innovación tecnológica los TRL comprendidos entre 7 y superiores. (https://ec.europa.eu/research/participants/data/ref/h2020/wp/2014_2015/annexes/h2020-wp1415-annex-g-trl_en.pdf).

Beneficiarios

  • PYMEs con establecimiento operativo en Cataluña que cuenten como mínimo con 2 años de vida en la fecha de solicitud de la ayuda contados a partir de la fecha de constitución de la empresa (fecha de inscripción en el registro mercantil o análogo).
  • Las empresas beneficiarias deben ser “aptas” financieramente. Las solicitantes tienen la posibilidad de validar su aptitud financiera llenando el simulador de Autoevaluación financiera disponible en la página web de ACCIÓ (http://webforms.accio.gencat.cat/formularis/serveis/autoavaluacio-financera.jsp).

Requisitos del Presupuesto

  • Presupuesto mínimo: 100.000€

Duración del proyecto

  • Desde la fecha de la solicitud hasta un máximo de 21 meses desde esta fecha. 

Conceptos financiables

  • Colaboraciones externas y subcontrataciones (máximo 70% del presupuesto total subvencionable): 
    • Servicios especializados de ingeniería o diseño.
    • Servicios de ensayos y pruebas de laboratorio.
  • Adquisición de equipamientos: activos fijos nuevos.
  • Software o licencias de uso de software.
  • Personal: 20% de los gastos antes mencionados (colaboraciones externas, equipamientos y software) podrán destinarse a la partida de personal.

No se consideran subvencionables:

  • El gasto de auditor necesario para la justificación.
  • Pagos en efectivo
  • Adquisición de equipamientos financiados mediante leasing, renting…
  • Gastos de viajes
  • Gastos indirectos
  • Cualquier gasto vinculado a la preparación de la memoria técnica y económica para tramitar la subvención (tanto de colaboraciones externas como de horas destinadas al seguimiento de visitas técnicas por parte de la administración)

Modalidad y cuantía de las ayudas

SUBVENCIÓN de hasta un 40%

Ayuda sujeta al régimen de minimis: el beneficiario no puede haber superado la cuantía de 300.000€ de ayudas minimis en el período de 3 años anteriores a la concesión de la ayuda.

Cobro de la ayuda

  • 40% por anticipado a la resolución de concesión (sin garantías).
  • 60% restante se abonará tras justificar

Plazo presentación

  • 22 julio 2025 – 14:00hs

Organismo financiador

En caso de estar interesado en esta línea de financiación

escríbenos a: info@red-innova.es