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Programa de innovación de PYME – Innovación de proceso(INNOVAProC-CV)

Objeto de la financiación

Financiar la realización de proyectos consistentes en la realización de acciones de:

  • Readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua.
  • Puesta en marcha de, nuevos o significativamente mejorados, métodos o técnicas de producción ecoeficientes de la empresa que contribuyan de forma sustancial a la transición hacia una economía circular mediante la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales que correspondan a alguna de las siguientes categorías de actuación:
    • Reducción del consumo de materias primas vírgenes: mediante estrategias de circularidad como la reducción, la reutilización o el reciclaje para alargar la vida útil de los productos o bien para prevenir el despilfarro y recuperar el máximo valor de los materiales utilizando subproductos y/o materiales procedentes de residuos.
    • Obtención de productos y servicios basados en el ecodiseño como potenciador y elemento básico de la circularización de la economía.
    • Soluciones tecnológicas ecoinnovadoras circulares orientadas a la mejora de la gestión de residuos, como por ejemplo el desarrollo de sistemas de tratamiento de residuos que permita incrementar y optimizar la obtención de material para el reciclado de calidad o el desarrollo de sistemas que impulsen la preparación para la reutilización. Simbiosis industrial.

No serán subvencionables las actuaciones destinadas al tratamiento y regeneración de aguas residuales.

Será necesario que la propuesta defina un proyecto de puesta en marcha o readaptación de procesos, métodos o técnicas de producción para implementar este tipo de medidas. No se financiarán proyectos de inversión en equipamiento, actualización tecnológica de proceso, ni de eficiencia energética.

El proyecto deberá estar encuadrado en alguno de los entornos de especialización contemplados para el IVACE en el ámbito de la I+D e innovación empresarial de la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (S3CV):

  • Hacia una economía circular y baja en carbono
  • Economía digital disruptiva
  • Comunitat Valenciana innovadora por su origen y destino
  • Innovación para las personas

Beneficiarios

PYMEs:

  • con sede social y establecimiento de producción en la Comunidad Valenciana
  • que cuenten con al menos 2 personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda.
  • que desarrollen actividades encuadradas en la sección C – Divisiones 10 a 33-, o Sección H – Divisiones 49 a 52, siempre que las actividades de transporte y almacenamiento sean referidas a mercancías, del CNAE 2009.

Presupuesto

  • Presupuesto mínimo: 15.000€

Modalidad y cuantía de las ayudas

SUBVENCIÓN:

  • Pequeña empresa: hasta el 45%
  • Mediana empresa: hasta el 35%

La ayuda está sujeta al régimen de minimis. La ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000€ durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

Conceptos financiables

  • Servicios externos: servicios de consultoría y asistencia técnica para implantación de medidas en los ámbitos implicados en los proyectos, incluyendo, estudios de viabilidad técnico-económica, diagnósticos, análisis de ciclo de vida, costes de ensayos y tramitaciones necesarias para certificaciones medioambientales. No se consideran en esta tipología de costes los servicios de proveedores de bienes de equipo ni de activos inmateriales si no se justifica suficientemente en la solicitud, y se documenta posteriormente en la justificación de la ayuda, que el servicio presupuestado como consultoría o asistencia técnica es independiente del suministro. Este concepto de gasto es de carácter obligatorio.
    • Para proyectos de readaptación de procesos productivos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua el importe de estos gastos deberá ser, como mínimo, igual o superior a la menor de las siguientes cantidades: un 10 % del coste subvencionable total del proyecto o 15.000€.
    • Para proyectos de puesta en marcha de nuevos o significativamente mejorados, métodos o técnicas de producción ecoeficientes, no se exige porcentaje mínimo de estos gastos, aunque se deberán incluir necesariamente, como mínimo, alguno de los siguientes:
      • Costes de asistencia técnica especializada en conocimientos técnicos en la materia.
      • Costes de elaboración de un análisis de ciclo de vida (simplificado o completo) que evidencie la mejora medioambiental que supone el proyecto.
      • Costes de realización de ensayos, analíticas, pruebas de laboratorio.
      • Costes de estudios de viabilidad técnico-económica y/o diagnósticos.
      • Costes de tramitación necesaria para la certificación medioambiental.
  • Adquisición de activos inmateriales: software de control, de captación de datos, de gestión de indicadores y cuadros de mando relacionados con el desarrollo del proyecto, y el software relacionado con la implantación de nuevos procesos. Se considerarán dentro de este concepto tanto las licencias de software, como el desarrollo de aplicaciones y costes por uso de aplicaciones, incluyendo en cualquier caso los servicios de análisis, parametrización e instalación. No se considerará elegible la adquisición e implantación de software de gestión tipo ERP.
  • Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. (máximo 50 €/hora y 50.000€).
  • Adquisición de activos materiales. Los activos deberán quedar instalados en el establecimiento productivo de la empresa beneficiaria en la Comunitat Valenciana.
    • Para proyectos de mejora continua: inversiones en sensorización y automatización, y comunicaciones para el control de la producción, la adaptación de equipos productivos necesarios para implantación de la mejora, y la adquisición de elementos específicos para apoyar a las medidas de mejora de organización, comunicación y control adoptadas. 
    • Para proyectos de readaptación de procesos con criterios de ecoeficiencia: la adquisición -o adaptación- y puesta en marcha de bienes de equipo necesariamente relacionados con la implantación de los nuevos procesos, métodos o técnicas de producción acordes a la convocatoria, así como los servicios y suministros materiales para disponer de un proceso verificable de la solución desarrollada. 
    • No será elegible en esta tipología de costes la adquisición de hardware ni inversiones en prototipos. 

Las inversiones subvencionadas deben mantenerse inalterables durante los cinco años siguientes al pago de la subvención

Plazo ejecución

  • Período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de junio de 2025. 
  • Se considerará que se ha iniciado cuando se haya producido el primer compromiso de gasto firme e irreversible.

Cobro de la ayuda

Posterior a la justificación de los gastos.

Previa solicitud de la empresa beneficiaria, se podrá anticipar el pago de la subvención concedida con arreglo a las siguientes condiciones:

  • Microempresas o pequeñas empresas, hasta un 75% de la subvención concedida.
  • Medianas empresas, hasta un 50% de la subvención concedida.

Será necesario en todos los casos la constitución de una garantía del 25 % del importe a anticipar, que deberá depositarse en las delegaciones de la Agencia Tributaria Valenciana (ATV) en Alicante, Castellón o Valencia.

Plazo presentación

  • 22 de febrero 2024 

Organismo financiador

En caso de estar interesado en esta línea de financiación

escríbenos a: info@red-innova.es