INNOVA INVEST
Objeto de la financiación
Fomentar la inversión de empresas con capital extranjero que realicen actividades de I+D en España, integrándose con el tejido productivo e investigador nacional y que supongan una contribución a la mejora de la competitividad y productividad de la economía española.
No serán subvencionables aquellos proyectos que no respeten plenamente las normas y prioridades de la Unión Europea en materia climática y medioambiental. Se excluyen:
- Las inversiones relacionadas con combustibles fósiles (incluido el uso posterior).
- Las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión (ETS) con emisiones de gases de efecto invernadero proyectadas que no sean sustancialmente inferiores a los valores de referencia establecidos para la asignación gratuita.
- El tratamiento de los residuos generados mediante tratamiento mecánico-biológico (TMB), incineración o vertido.
- Las actividades en las que la eliminación a largo plazo de desechos puede causar daños a largo plazo al medio ambiente (por ejemplo, desechos nucleares).
Beneficiarios
Empresas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Ejercer una actividad económica, cualquiera que sea su forma jurídica. Deberán acreditar la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
- Estar válidamente constituidas en España en el momento de concesión de la subvención.
- Contar con una participación extranjera de al menos 50% de su capital social. Los socios extranjeros que participen en el capital podrán ser tanto personas jurídicas domiciliadas en el extranjero, como personas físicas no residentes en España.
NOTA: la participación extranjera no podrá proceder de un país o territorio calificado como paraíso fiscal.
Período subvencionable
Desde el día 1 de enero de 2022 hasta el 30 de junio de 2023.
Conceptos financiables
- Gastos de personal: investigadores, técnicos y personal auxiliar
- Instrumental y material: amortización en el caso de equipos que no se utilicen en toda su vida útil en el proyecto.
- Edificios y terrenos: en la medida en que se utilicen para el proyecto. En el caso de edificios, sólo se considerarán subvencionables los costes de amortización, según la normativa contable, correspondientes a la duración del proyecto. En el caso de los terrenos, serán subvencionables los costes de traspaso comercial o los costes de capital en que se haya incurrido.
- Subcontrataciones: investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas, costes de consultoría, etc. (Máximo 50% del presupuesto total)
- Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente del proyecto (máximo 15% del coste de personal)
Presupuesto mínimo
500.000€
Modalidad y cuantía de las ayudas
SUBVENCIÓN (max. 800.000€ por beneficiario)
Cobro de la ayuda
Tras la verificación por parte del ICEX de los gastos realizados.
Se podrá solicitar un pago parcial por los trabajos realizados en 2022.
Plazo presentación
14 de febrero 2022
En caso de estar interesado en esta línea de financiación
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