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INVERSIONES DE EMPRESAS EXTRANJERAS EN I+D

Objeto de la financiación

Fomentar la investigación y desarrollo en las empresas de capital extranjero que pretendan implantarse en España o aquellas que, estando ya implantadas, pretendan iniciar y desarrollar sus actividades de I+D, con la finalidad de contribuir a la mejora de la competitividad y productividad de la economía española.

Tipología de proyectos

Se prevén las siguientes modalidades:

  • Proyectos de I+D dirigidos a empresas de capital extranjero todavía no implantadas que deseen establecer en nuestro país un centro de I+D. Proyectos “greenfield”
  • Proyectos de I+D dirigidos a empresas de capital extranjero ya implantadas siempre que atraigan nuevos proyectos de I+D corporativos a la filial establecida en España.

Estos proyectos se podrán desarrollar de manera:

  • Individual: realizados por una sólo entidad, pudiendo contar con subcontrataciones.
  • En cooperación: en los que participe más de una empresa de capital extranjero.

Ámbito geográfico

Los proyectos deberán llevarse a cabo en una o varias de las siguientes Comunidades Autónomas:

  • Regiones menos desarrolladas: Extremadura
  • Regiones en transición: Andalucía, Murcia, Castilla La Mancha y Canarias
  • Regiones más desarrolladas: Comunidad Valenciana y Galicia 

Beneficiarios

  • Empresas de capital extranjero, entendiéndose como tal aquella que tenga una participación en su capital de inversión extranjera directa mayor o igual al 10%.
  • Agrupaciones de empresas donde participe al menos una empresa de capital extranjero pudiendo ser beneficiarias en proporción al porcentaje de participación de capital extranjero.

NOTA: la participación extranjera no podrá proceder de un país o territorio calificado como paraíso fiscal.

Período subvencionable

Desde el día 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022.

Conceptos financiables

  • Gastos de personal: investigadores, técnicos y personal auxiliar
  • Instrumental y material: amortización en el caso de equipos que no se utilicen en toda su vida útil en el proyecto.
  • Edificios y terrenos: en la medida en que se utilicen para el proyecto. En el caso de edificios, sólo se considerarán subvencionables los costes de amortización, según la normativa contable, correspondientes a la duración del proyecto. En el caso de los terrenos, serán subvencionables los costes de traspaso comercial o los costes de capital en que se haya incurrido.
  • Subcontrataciones: investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas, costes de consultoría, etc. (Máximo 50% del presupuesto total)
  • Costes de material y suministros
  • Gastos de constitución y/o puesta en marcha de la empresa que realizará el proyecto de I+D.
  • Costes indirectos

Modalidad y cuantía de las ayudas

SUBVENCIÓN (max. 200.000€ por beneficiario) (en régimen de “minimis”)

Cobro de la ayuda

Tras la verificación por parte del ICEX de los gastos realizados.

Plazo presentación

12 de noviembre 2021

Organismo financiador

En caso de estar interesado en esta línea de financiación

escríbenos a: info@red-innova.es