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Mejora de la competitividad y sostenibilidad

Objeto de la financiación

Ayudas para apoyar la realización de proyectos de inversión que supongan la mejora de la competitividad industrial de las pymes de la Comunitat Valenciana mediante la creación de un nuevo establecimiento industrial, la ampliación, mejora o modernización de un establecimiento existente, así como la diversificación de la producción o cambios esenciales en los procesos productivos existentes en un establecimiento, a excepción de la implantación de equipos de eficiencia energética o sistemas de recuperación o gestión energética.

La ayuda estará destinada a empresas que operen en los siguientes sectores: automoción, espacial y aeronáutica; biotecnología, producción audiovisual, producción de videojuegos, de animación y de realidad aumentada y virtual; cerámica, vidrio y materiales de construcción no metálicos; industria del cuero y del calzado; fabricación de envases y embalajes; juguete, artículos de deporte y otras industrias manufactureras; fabricación de madera, muebles y aparatos de iluminación; mármol, piedra natural y los áridos; metal-mecánico; papel y las artes gráficas; plástico; industria química; textil y valorización de materiales.

Beneficiarios

PYMEs que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva vinculada directamente a los sectores industriales objeto de esta convocatoria.

Período de ejecución

  • Solo serán admisibles los gastos que se acredite que han sido efectivamente pagados entre el 1 de enero de 2023 y el 3 de noviembre de 2023.

Se admitirán como costes pagados en plazo, los pagos realizados en 2022, siempre que la puesta en funcionamiento del activo subvencionado se realice entre el 1 de enero de 2023 y el 3 de noviembre de 2023.

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Conceptos financiables

  • Costes externos de adquisición de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción, que sean necesarios para la implantación, mejora o modernización de las líneas de producción. Se admitirán también como activos vinculados a la producción industrial, los moldes y matrices, la maquinaria para certificación o control de calidad de productos, el equipamiento e instalación de los laboratorios internos y salas blancas en el establecimiento industrial, los transformadores, las depuradoras y equipos de gestión y/o reducción de los residuos, emisiones y efluentes generados por el proceso industrial, los vehículos y equipos de transporte por el interior de las instalaciones industriales, así como en general la maquinaria y equipos relacionados con el almacenaje, embalaje, preparación y la logística de las materias primas, productos intermedios o productos acabados. Todos los equipos y activos se considerará activos materiales subvencionables si además de estar vinculados a la producción industrial, están inscritos en el inventario de la empresa beneficiaria, que por lo general serán los que no se consumen con su uso y tienen una permanencia en la empresa superior a un año. 
  • Costes de mejoras en maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales preexistentes en el inventario de la empresa, siempre que estén vinculados a la producción industrial, y consistan en cambios de componentes esenciales que supongan un avance sustancial en la eficiencia energética de la misma, en sus capacidades productivas, en la seguridad industrial de la empresa o en la seguridad laboral de las personas trabajadoras que las utilizan. 
  • Costes externos de adquisición, diseño a medida, implantación o puesta en funcionamiento de activos inmateriales, como patentes, marcas, modelos de utilidad y licencias de fabricación, diseños industriales o de producto, así como el software, las aplicaciones o los desarrollos e innovaciones industriales realizadas por terceros para la empresa beneficiaria, siempre que estén vinculados directamente a la producción industrial. Se considerarán en todo caso vinculados a la producción industrial, entre otros, los activos inmateriales destinados a la modelización, simulación y virtualización de procesos industriales, los destinados al mantenimiento preventivo, automatización, y sensorización de los procesos industriales, así como las aplicaciones de gestión logística interna y externa (CRM) o las tecnologías de gestión integrada de la información de la empresa (ERP). También serán subvencionables en su caso, los pagos realizados, desde el 1 de enero de 2023 hasta el 3 de noviembre de 2023, por el uso sin adquisición de esas licencias, diseños, software, aplicaciones, desarrollos o innovaciones. 
  • Costes para el registro, obtención, validación y defensa de patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños y desarrollos industriales y otros conocimientos técnicos, generados por la empresa beneficiaria.
  • Costes externos para obtener la certificación u otras formas de homologación o normalización de productos.
  • Costes de contratación externa de ingeniería industrial. (máx. 15% gastos subvencionables y 20.000€. 
  • Auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención. (Máx. 600€). Este gasto no será subvencionable si la empresa beneficiaria está obligada a auditar sus cuentas anuales.

Presupuesto

Presupuesto mínimo: 20.000€ (excepto sectores biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, animación, realidad aumentada y virtual donde será de 10.000€)

Modalidad y cuantía de las ayudas

SUBVENCIÓN de hasta 35% de los gastos subvencionables.

Estas ayudas se regirán por la normativa de minimis: la ayuda total minimis concedida a una empresa no podrá ser superior a 200.000€ en el ejercicio fiscal en 2023 y en los dos ejercicios fiscales anteriores (2021 y 2022)

Cobro de la ayuda

  • El pago de las ayudas se realizará una vez comprobada la justificación del proyecto.

Compatibilidad con otras ayudas

Los costes subvencionados por la presente convocatoria no podrán recibir simultáneamente ayudas públicas de otras convocatorias procedentes de esta u otra Administración para los mismos costes, sin perjuicio de que sí puedan recibir otras ayudas públicas para otros costes no incluidos en el modelo normalizado de tabla de costes estimados, aunque estén relacionados con el mismo proyecto de inversión.

Plazo presentación

  • 16 enero 2023 – 3 marzo 2023 

Organismo financiador

En caso de estar interesado en esta línea de financiación

escríbenos a: info@red-innova.es