Apertura de mercados exteriores
Objeto de la financiación
Las ayudas se dividen en dos líneas con la siguiente finalidad:
a) Línea Exportadores: en el caso de las Asociaciones y Federaciones de exportadores, la finalidad de estas ayudas será facilitarles el acceso de productos y empresas españolas a mercados internacionales y su consolidación en los mismos.
b) Línea Indicaciones Geográficas: en el caso de los Consejos Reguladores y Entidades de Gestión de indicaciones geográficas, la finalidad de las ayudas será apoyar la defensa y protección de las indicaciones geográficas en mercados de países terceros.
Ambas líneas podrán financiar, una o varias de las siguientes actuaciones en lo que corresponda según su naturaleza y finalidad:
- Visitas de inspección y auditorías oficiales realizadas presencial o virtualmente por las autoridades de países terceros con el fin de lograr el reconocimiento o equivalencia de los establecimientos de los operadores conforme a requisitos sanitarios o fitosanitarios; así como las actuaciones previas necesarias.
- El pago de tasas que exigen determinados países terceros como paso previo al proceso de formalización de apertura de mercado.
- Obtención de certificaciones obligatorias exigidas a los productos españoles como requisitos de importación o comercialización adoptados por países terceros.
- Obtención del registro de marcas o del registro de nombres para la protección efectiva de las indicaciones geográficas en terceros países.
- Consultoría, vigilancia y asesoramiento jurídico relacionados con la defensa de los intereses comerciales del sector exportador que limitan su capacidad exportadora, entre ellos aquellos involucrados en procedimientos de defensa comercial.
Beneficiarios
- Línea Exportadores: Asociaciones y Federaciones de Exportadores reconocidas como entidades colaboradoras de la Secretaría de Estado de Comercio.
- Línea Indicaciones Geográficas: Consejos Reguladores o Entidades de Gestión de las denominaciones de origen o indicaciones geográficas.
Período de ejecución
Podrán imputarse los gastos devengados y pagados asociados a las actuaciones que no hayan podido ser objeto de financiación en la convocatoria 2021 y aquellas realizadas entre el 20 de noviembre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022.
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Conceptos financiables
- Transporte y traslado del equipo técnico o representantes institucionales del país importador que se desplacen a España con motivo de un proceso de apertura de mercado. Estos gastos incluyen billetes de avión, tren, transporte público y privado.
- Alojamiento, manutención y viáticos, en su caso, correspondientes a la duración total del viaje del equipo técnico o representantes institucionales.
- Seguros de viaje.
- Organización y gestión de las reuniones que se realicen durante el viaje.
- Gastos asociados a las actuaciones previas necesarias para la realización de auditorías e inspecciones presenciales y virtuales, así como los derivados de las mismas.
- Contratación de intérpretes o traductores.
- Pago de las tasas exigidas por algunos países terceros en el proceso de formalización de apertura de mercado.
- Obtención de certificaciones obligatorias para la importación de productos españoles exigidas por los países terceros incluidas las tasas correspondientes.
- Gastos asociados al registro para la protección de la indicación geográfica en diferentes mercados, incluido el pago de tasas exigidas en algunos países para el registro de indicaciones geográficas.
- Gastos derivados de la contratación de servicios de consultoría y asistencia jurídica para la defensa de los intereses comerciales españoles, entre ellos los relacionados con las medidas de defensa comercial adoptadas por otros países; se incluyen, también los gastos para la defensa de la protección de las indicaciones geográficas en mercados exteriores, tanto en sede administrativa como judicial.
- Gastos vinculados a los servicios de vigilancia y alerta para detectar el uso indebido de la marca protegida fuera de España contratados por los Consejos Reguladores o Entidades de Gestión si, a resultas de las mismas, se contraen gastos con profesionales expertos en este ámbito para el ejercicio de las acciones necesarias para la defensa y protección de las indicaciones geográficas en el exterior.
Modalidad y cuantía de las ayudas
SUBVENCIÓN, hasta el 100% de la ayuda solicitada, máximo de 200.000€ por beneficiario, hasta agotar la disponibilidad del crédito existente.
El procedimiento de concesión es de concurrencia NO competitiva.
Cobro de la ayuda
- El pago de la subvención se realizará por el total de la ayuda concedida, tras la notificación de la concesión de la subvención sin necesidad de garantía.
Plazo presentación
- 30 de septiembre de 2022
Organismo financiador
En caso de estar interesado en esta línea de financiación
escríbenos a: info@red-innova.es