NEOTEC MUJERES EMPRENDEDORAS
Objeto de la financiación
La iniciativa NEOTEC MUJERES EMPRENDEDORAS tiene como objeto la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras liderados por mujeres que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.
Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología.
Beneficiario y Requisitos elegibilidad
Pequeñas empresas innovadoras lideradas por mujeres que cumplan con las siguientes características:
- El órgano de administración de la empresa deberá estar integrado mayoritariamente por mujeres: El órgano de administración de la empresa deberá estar integrado en más del 50% por mujeres, personas físicas, desde al menos tres meses antes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a esta convocatoria.
En el caso de que existan personas jurídicas que formen parte del órgano de administración de la empresa, éstas no podrán representar un porcentaje superior al 25% del mismo desde, al menos, la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a esta convocatoria.
La composición del órgano de administración deberá acreditarse aportando la nota informativa del Registro Mercantil (o registro oficial correspondiente) donde conste la relación de administradores vigentes y la fecha de inscripción de su nombramiento.
2. Las mujeres deberán tener la mayoría del capital social de la empresa o una participación relevante en el proyecto objeto de la ayuda.
a) Titularidad mayoritaria del capital social de la empresa por mujeres: Más del 50% de las participaciones o acciones que integran el capital social de la empresa deberá pertenecer nominativamente a mujeres, personas físicas, desde, al menos, la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a esta convocatoria. Este requisito se acreditará aportando Certificado del órgano de administración de la entidad sobre la composición del capital social según el contenido recogido en el libro registro de socios o acciones nominativas debidamente diligenciado.
b) Participación relevante de mujeres en el proyecto objeto de ayuda: Se exigirá que, al menos, el 40% de los gastos del personal dedicado al proyecto correspondan a mujeres. Para la comprobación de este requisito se tendrá en cuenta el presupuesto del proyecto presentado en la fase de la solicitud (horas solicitadas en concepto de gastos de personal) así como el presupuesto acreditado en la fase de justificación de la ayuda (horas justificadas en concepto de gastos de personal), siempre que sean aceptado por CDTI
Deberá cumplirse obligatoriamente el requisito de liderazgo de mujeres en el órgano de administración y, al menos, uno de los dos criterios del requisito 2, a elección de la empresa.
Además, se deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- No estar cotizadas en una bolsa de valores, excepto las plataformas de negociación alternativa.
- Estar constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa. Asimismo, la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa deberá ser al menos seis meses anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda.
- No haber distribuido beneficios.
- No haber surgido de una operación de concentración, según definición del artículo 7 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
- Contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000€, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud. A estos efectos, se atenderá exclusivamente a la fecha del asiento de inscripción registral, de forma que no se tendrá en cuenta, en ningún caso, la fecha del asiento de presentación. En los casos en que esta inscripción se publicite en el Boletín Oficial del Registro Mercantil o diario oficial correspondiente, se atenderá a la fecha de inscripción que figure en estos diarios.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de depósito de cuentas anuales, tanto individuales como consolidadas, en su caso, en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de ayuda a esta convocatoria.
- Las ayudas serán incompatibles con cualquier otra ayuda NEOTEC previa o posterior a la concedida en virtud de la presente convocatoria.
Presupuesto mínimo
El presupuesto mínimo elegible: 175.000€
Modalidad y cuantía de las ayudas
SUBVENCIÓN de hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000€ por beneficiario.
Conceptos financiables
Los gastos derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo.
Los siguientes conceptos que deben estar ligados al plan de empresa:
- Personal con contrato laboral y personal autónomo que ejerza funciones de dirección y gerencia (máx. 40€/h)
- Compra de materiales
- Inversiones en equipos
- Colaboraciones externas/asesoría (máximo 50% del coste total subvencionable). Se podrá incluir el coste derivado del informe de evaluación del experto o la certificación del auditor externo, acreditativos del carácter de empresa innovadora.
- Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial y seguros.
- Informe de auditoría (máximo 2.000€/anualidad)
Duración del proyecto
- Proyecto anual: A partir del 1 enero 2023 hasta el 31 diciembre 2023
- Proyecto plurianual: A partir del 1 enero 2023 hasta el 31 diciembre 2024
Cobro de la ayuda
- Anticipo de 60% de la subvención concedida para el proyecto, con un máximo de 150.000€, sin necesidad de constituir ninguna garantía.
- El resto se cobra tras revisión de la justificación técnica y económica.
Presupuesto convocatoria
5.000.000 €
Plazo presentación
- 19 abril 2022 – 12:00hs
Organismo financiador
En caso de estar interesado en esta línea de financiación
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