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Proyectos de reindustrialización y de inversión del sector industrial y de servicios a la producción

Objeto de la financiación

Brindar apoyo financiero a:

a) Proyectos de reindustrialización que contribuyan a volver a poner en marcha o continuar la actividad de centros productivos objeto de un cierre o deslocalización siempre que incorporen menos el 50% de los puestos de trabajo susceptibles de la reindustrialización o un mínimo de 50 puestos de trabajo. Se entiende por puestos de trabajo susceptibles para la reindustrialización, el de aquellos trabajadores despedidos como consecuencia del cierre y / o deslocalización y que no formen parte del colectivo de prejubilaciones u otras situaciones de mantenimiento de vinculación laboral activa en su anterior empresa.

b) Proyectos que incorporen a centros productivos existentes un mínimo de 25 puestos de trabajo afectados por situaciones de cierre, reducción de actividad, o deslocalización, acordado en el marco del procedimiento del período de consultas del expediente de regulación de empleo entre empresa y representantes sociales.

c) Proyectos para la realización de inversiones industriales en activos fijos con un importe mínimo de 3.000.000 € en Cataluña y / o que conlleven un incremento neto mínimo de 25 puestos de trabajo.

d) Proyectos de adquisición de empresas industriales o de servicios a la producción en situación de dificultad que incorporen al menos el 50% de los puestos de trabajo afectados o un mínimo de 10 puestos de trabajo.


Por proyecto de reindustrialización se entiende el proyecto que actúa sobre el cierre de un establecimiento industrial o de servicios a la producción que afecte a más de 100 puestos de trabajo directos o indirectos de la actividad. Deberá haber un acuerdo para la reindustrialización firmado en el marco del procedimiento de consultas del expediente de regulación de ocupación, que haya prevista una mesa de reindustrialización entre las partes implicadas y en la que se haya contratado una empresa especializada llevando a cabo la búsqueda de alternativas industriales, o que haya una figura que haga las funciones y sea reconocida por todos los integrantes de la mesa.

Beneficiarios

Empresas con sede social o sede operativa en Cataluña, o bien ser de nueva implantación. 

El proyecto desarrollado deberá ser industrial o de servicios a la producción y deberá estar incluida en la lista de CCAE que se detalla en el anexo.

Requisitos elegibilidad

  • Los proyectos de servicios a la producción deben acreditar que el sector industrial representa más del 50% de su cifra de negocio.
  • Sólo podrán presentar una sola solicitud por empresa.
  • No haber superado la cantidad máxima de 1.800.000€ de importes limitados de ayuda conforme a la sección 2.7.1 de la Decisión SA 56851 – Marco temporal nacional para ayudas estatales en forma de subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales, garantías sobre préstamos y bonificación del tipo de interés de préstamos para apoyar la economía en el brote actual de la Covid-19 (sección 3.1 del Marco Temporal Europeo).
  • Para las ayudas definidas en el punto a), será necesario que se acredite el acuerdo de reindustrialización o documento de expresión de interés vinculante entre la empresa que cierra la actividad y el nuevo inversor, en alguno de los siguientes aspectos: cesión de activos productivos y / o inmobiliarios, cesión de carga productiva por un periodo delimitado, contratación de trabajadores, transferencia de tecnología y / o propiedad intelectual.
  • Para las ayudas definidas en el punto d), será necesario que acredite la adquisición de la unidad productiva mediante oferta vinculante en primer término, y su materialización por resolución del juzgado mercantil o por acuerdo sobre la compraventa entre particulares.

Modalidad y cuantía de las ayudas

SUBVENCIÓN de hasta 1.800.000€ por proyecto.

Importes máximos de ayuda por concepto financiable:

  • Personal: máximo 10.000€ /puesto de trabajo contratado
  • Gastos generales: máximo 25% de los gastos que se producen en los 12 meses a contar a partir de la formalización de la operación que dé derecho a la ayuda.
  • Activos fijos: máximo 10% del valor de los activos asumidos dentro del proyecto
  • Auditoría: hasta 1.500€

Los criterios que se tendrán en cuenta para determinar la cuantía de las subvenciones son el coste del proyecto, las demás ayudas recibidas, la puntuación obtenida por los criterios de valoración y las disponibilidades presupuestarias.

Conceptos financiables

  • Gastos de personal contratado 
  • Gastos de carácter general de la actividad de los primeros 12 meses desde la formalización de la operación: gastos de arrendamiento del establecimiento objeto de la actividad productiva, cuotas de amortización del principal de préstamos hipotecarios que sean titularidad de la empresa beneficiaria y que correspondan al establecimiento productivo adquirido, gastos de consumo de suministros propios del proceso productivo (entre otras, electricidad, gas, agua, fibra óptica, ..), seguros así como otros servicios y suministros externos de carácter recurrente.
  • Inversión en activos fijos del establecimiento productivo. Los activos fijos subvencionables deberán incluirse en el activo de la empresa y permanecer en el establecimiento al menos durante 3 años desde la fecha de finalización del proyecto que conste en la resolución de concesión de la ayuda, no pudiendo la empresa beneficiaria aplicar en el indicado período ninguna medida que suponga el cese de la actividad.
  • Gastos de auditoria

Período financiable

  • Desde el 1 de junio de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2023.

Cobro de la ayuda

  • El pago de las ayudas se realizará una vez comprobada la justificación del proyecto.
  • Existe la posibilidad de realizar pagos parciales de la ayuda, sin anticipo, siempre que dicho pago corresponda a una parte del proyecto que constituya un hito previamente establecido.

Plazo presentación

  • 31 octubre 2021

Organismo financiador

En caso de estar interesado en esta línea de financiación

escríbenos a: info@red-innova.es