Programa UNICO SECTORIAL 5G
Objeto de la financiación
Proyectos tractores de desarrollo experimental en el marco de la tecnología 5G que consigan la transformación digital de un sector económico.
La finalidad de las ayudas es promover el desarrollo de un ecosistema entre empresas, operadores y resto de agentes implicados para facilitar la aplicación de la tecnología 5G de una manera ágil y rápida en los siguientes sectores económicos clave en España: vehículo conectado, salud y servicios sociales, turismo, servicios portuarios y aeroportuarios, Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca, suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación, Medio ambiente y calidad del aire, Comercio, Almacenamiento y logística, Educación, Energía, gestión de emergencias, Industria extractiva y manufacturera, Seguridad, Hostelería, Información y comunicaciones, Actividades financieras y de seguros, Actividades inmobiliarias, Defensa y seguridad, Movilidad y transporte, Construcción, Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento, Industria Naval y Otros servicios.
Características de los proyectos
- Individuales o en cooperación (máximos 2 entidades)
- Para proyectos en colaboración se tiene que presentar un acuerdo de agrupación elevado a escritura pública (antes de la solicitud)
- Proyectos de desarrollo experimental (TRL inicial de 5 a 6) que desarrollen aplicaciones y servicios basados en 5G y ejerzan un papel tractor y demostrador para el sector concreto de aplicación. Las aplicaciones y servicios 5G desarrollados pueden ser desplegados sobre redes privadas, en régimen de autoprestación, sobre redes públicas o mixtas.
Beneficiarios
- Empresas
- Organismos de investigación y difusión de conocimientos:
- Organismos públicos de Investigación de la Administración General del Estado
- Universidades
- Otros centros públicos de I+D
- Centros privados de I+D sin ánimo de lucro
- Centros tecnológicos de ámbito estatal
- Centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal
- Organizaciones de apoyo a la transferencia tecnológica, difusión y divulgación tecnológica y científica y que incluyen parques científicos y tecnológicos, oficinas de transferencia de tecnología, oficinas de transferencia de resultados de la investigación, CEIs y los centros de innovación y tecnología.
Las entidades privadas deberán acreditar:
- Estar constituidas antes del 31 diciembre 2019
- Solvencia económica y financiera cumpliendo con alguno de los cuatro criterios siguientes:
- El volumen anual de negocio de la entidad solicitante, referido al último ejercicio cerrado deberá ser igual o mayor que el 50% del presupuesto total del proyecto o conjunto de proyectos.
- Los fondos propios de la entidad solicitante en el último ejercicio cerrado deberán ser iguales o mayores que el 50% del presupuesto total del proyecto o conjunto de proyectos.
- El volumen de negocio medio de los tres últimos ejercicios cerrados deberá ser mayor o igual que el 50% del presupuesto total del proyecto o conjunto de proyectos.
- Aportando el resguardo de una garantía depositada en la Caja General de Depósitos por el 50% de la ayuda total solicitada. Dicha garantía responderá de la aceptación de la ayuda en caso de concederse, siendo independiente de la que se constituya como garantía del pago anticipado. Su liberación se practicará de oficio si no se concede ayuda o, en caso de concederse, cuando se constituya la garantía del pago anticipado.
- Solvencia técnica o profesional, se valorará teniendo en cuenta:
- La experiencia previa de la entidad solicitante en el ámbito de aplicación del proyecto con objeto de determinar que disponen de la capacitación necesaria para la ejecución exitosa de las actividades. Se considerará acreditada la solvencia técnica o profesional cuando se hayan realizado previamente proyectos de similares o superiores características en los últimos 5 años o se disponga de personal suficiente en capacitación y número para la realización del proyecto.
- En caso de subcontratación, aplicarán los mismos criterios de solvencia técnica a la empresa subcontratada que se requieren para la entidad solicitante.
La adecuación del equipo de trabajo a la realización del proyecto se valorará teniendo en cuenta:
- La capacitación técnica para la consecución de los objetivos identificados en la propuesta presentada.
- Habilidades, conocimientos y experiencia adecuados para la ejecución de las funciones a desarrollar, así como composición de los equipos con los perfiles necesarios y con los apropiados niveles de dedicación.
Presupuesto
- Presupuesto mínimo del proyecto: 300.000€
- Presupuesto máximo del proyecto: 3M€
Modalidad y cuantía de las ayudas
SUBVENCIÓN
Conceptos financiables
- Personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar)
- Amortización de instrumental y material inventariable
- Subcontratación: costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Fungibles: costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto. Se excluye de este concepto el material de oficina.
- Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto.
- Gastos de capacitación profesional del personal imputado al proyecto en tecnologías asociadas al desarrollo deberán justificarse mediante facturas y documentos de pago.
- Gastos destinados a la protección mediante propiedad industrial de los activos intangibles obtenidos durante el desarrollo del proyecto: patentes, modelos de utilidad, diseño industrial, marcas u otras figuras:
- Tasas de los títulos de propiedad industrial.
- Gastos asociados a la generación del informe tecnológico de patentes (máximo de 450 € por activo).
- Gastos asociados a la tramitación mediante agente de propiedad industrial (máximo de 3.000 € patentes nacionales y 6.000 € patentes nacionales en el extranjero).
- Auditoria (máximo 1.500 €)
- Costes indirectos (15% del coste de personal)
Duración del proyecto
- Desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el 31 de diciembre 2025.
Garantías
Se exigirá garantías del 100% de la subvención.
- Plazo garantía: 15 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión.
- Quedarán exonerados de la constitución de garantía los organismos de investigación y de difusión de conocimientos e infraestructuras de investigación pertenecientes al sector público.
Cobro de la ayuda
Pago único de forma anticipada, previa presentación de la garantía antes mencionada.
Compatibilidad con otras ayudas
No podrán ser compatibles con cualesquiera otras procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Plazo presentación
- 4 agosto 2023 (13:00h).
Organismo financiador
En caso de estar interesado en esta línea de financiación
escríbenos a: info@red-innova.es