Proyectos de internacionalización de entidades del ámbito de los videojuegosjuegos
Objeto de la financiación
Financiación de proyectos de internacionalización de empresas y entidades del ámbito de los videojuegos y de empresas que contribuyan a la presencia de productos o servicios digitales interactivos culturales en el exterior.
Se entiende por «productos o servicios digitales interactivos» el desarrollo de aplicaciones, videojuegos y plataformas de consumo o distribución de bienes y productos en línea. Deberán ser de autoría catalana, es decir, que su autor resida en Cataluña y, en el caso de autores fallecidos, haber nacido o haber residido la mayor parte de su vida en Cataluña.
Requisitos y condiciones
- Un mismo solicitante podrá incluir varios productos o servicios digitales interactivos en su proyecto de internacionalización, pero solamente podrá presentar una solicitud en la misma convocatoria.
- Las acciones que se lleven a cabo dentro del proyecto de internacionalización deberán realizarse fuera de Cataluña.
- Tener un plan de internacionalización que incluya acciones que se lleven a cabo en el periodo comprendido entre el 1 octubre 2024 y el 30 septiembre 2025, ambos inclusive.
- Tener los derechos originales de explotación de la propiedad intelectual de los videojuegos, o de los productos o servicios digitales interactivos sin haberlos obtenido por cesión o por cualquier otro tipo de transmisión.
Beneficiarios
- Empresas privadas, tanto personas físicas como jurídicas, y las entidades privadas sin ánimo de lucro cuyo objeto social o actividad principal sea la producción, la edición, la distribución, la comercialización o la difusión de videojuegos.
- Empresas privadas, tanto personas físicas como jurídicas, y las entidades privadas sin ánimo de lucro dedicadas a la creación de productos o servicios digitales relacionados con la cultura.
Modalidad de la ayuda
SUBVENCIÓN, como máximo el 60% del coste total del proyecto, hasta un máximo de 10.000€ siempre que, acumulada con otras ayudas de minimis de cualquier administración pública otorgados durante el ejercicio fiscal corriente y los dos anteriores, no supere los 300.000€.
NOTA: Estas ayudas tienen el carácter de ayuda de minimis.
Conceptos financiables
- Gastos de viajes de prospección de mercados [gastos de viaje a fin de establecer contactos con inversores y publishers (editores de videojuegos)] y gastos de viajes para asistir a ferias internacionales, mercados y eventos profesionales. Sólo se subvencionarán los siguientes gastos y para un máximo de dos personas:
- de prospección de mercado [gastos de viaje a fin de establecer contactos con inversores y publishers (editores de videojuegos)]. En el proyecto se deberá detallar el objetivo del viaje, la agenda de visitas y las fechas de los contactos correspondientes a efectos de validación posterior.
- para asistir a ferias internacionales, mercados y eventos profesionales. Se deberán documentar con la acreditación de la entrada al evento.
- Sólo se subvencionarán los siguientes gastos y para un máximo de dos personas:
- Gastos de transporte: no se aceptarán los billetes de clases preferentes. Desplazamiento en coche: 0,30 € por kilómetro y se añadirán los peajes. También se podrá incluir el alquiler de vehículos.
- Gastos de alojamiento (máximo 130€ por persona y noche).
- Gastos del coste del alquiler de stands y de las acreditaciones para ferias, mercados internacionales y eventos profesionales que se desarrollen en formato presencial o virtual.
- Gastos de producción de material promocional comercial, físico o digital (creación y edición del contenido del material promocional) y gastos de contratación de publicidad, en cualquier formato, fuera de Cataluña. El material deberá estar, como mínimo, en una lengua distinta del catalán. (máximo 3.000€)
- Gastos de acciones promocionales en redes sociales (máximo 2.000€).
- Gastos de personal contratado para desarrollar las tareas de internacionalización, y de comunicación y marketing de la entidad solicitante. Se podrán imputar los gastos relativos a solo dos de los siguientes supuestos:
- Los gastos de personal del solicitante para llevar a cabo exclusivamente tareas de internacionalización, y de comunicación y marketing. Se podrá imputar el 40% de los gastos de una persona durante el periodo subvencionable y hasta un importe máximo de 6.000€ brutos.
- Los gastos de personal del solicitante que lleve a cabo, de forma parcial, tareas de internacionalización, y de comunicación y marketing. Se podrá imputar como máximo el 30% de los gastos de una persona durante el periodo subvencionable y hasta un importe máximo de 6.000€ brutos.
- Gastos de contratación de empresas de servicios para desarrollar exclusivamente tareas de internacionalización, y de comunicación y marketing. Se podrá imputar hasta un 50% del gasto durante el periodo subvencionable y podrán ser varias empresas especializadas en diferentes mercados o segmentos comerciales.
- Gastos indirectos y generales.
No serán subvencionables los siguientes gastos:
- Gastos de manutención.
- Gastos de transportes urbanos.
- Gastos de producción y montaje de stands.
- Gastos de material de merchandising.
- Gastos de actividades de formación.
- Gastos de producción, edición y diseño de videojuegos, webs, sus traducciones y las versiones de prueba y prototipos (demo).
- Gastos derivados de productos o servicios fuera del ámbito de la cultura.
- Servicios prestados por gremios, asociaciones y entidades públicas
Pago de la ayuda
- El pago del 100% del importe de la subvención se realizará una vez presentada la cuenta justificativa.
Plazo presentación
- 15 abril 2025
Organismo financiador

En caso de estar interesado en esta línea de financiación
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