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Proyectos de internacionalización de entidades del ámbito de los videojuegosjuegos

Objeto de la financiación

Financiación de proyectos de internacionalización de empresas y entidades del ámbito de los videojuegos y de empresas emergentes (start-ups) que contribuyan a la presencia de productos o servicios digitales interactivos culturales en el exterior. 

Se entiende por «productos o servicios digitales interactivos» el desarrollo de aplicaciones, videojuegos y plataformas de consumo o distribución de bienes y productos en línea. Deberán ser de autoría catalana, es decir, que su autor resida en Cataluña y, en el caso de autores fallecidos, haber nacido o haber residido la mayor parte de su vida en Cataluña.

Requisitos y condiciones

  • Un mismo solicitante podrá incluir varios productos o servicios digitales interactivos en su proyecto de internacionalización, pero solamente podrá presentar una solicitud en la misma convocatoria.
  • Las acciones que se lleven a cabo dentro del proyecto de internacionalización deberán realizarse fuera de Cataluña.  
  • Tener un plan de internacionalización que incluya acciones que se lleven a cabo en el periodo comprendido entre el 31 de octubre de 2021 y el 15 de diciembre de 2022, ambos inclusive.

Beneficiarios

  • Empresas privadas, tanto personas físicas como jurídicas, y las entidades privadas sin ánimo de lucro cuyo objeto social o actividad principal sea la producción, la edición, la distribución, la comercialización o la difusión de videojuegos.  
  • Empresas emergentes (start-ups) dedicadas a la creación de productos o servicios digitales interactivos relacionados con la cultura. Se entenderá por start-up toda empresa que tenga menos de ocho años desde su constitución en el momento de la presentación de la solicitud.

Modalidad de la ayuda

SUBVENCIÓN como máximo el 50% del coste total del proyecto, hasta un máximo de 10.000 €.

NOTA: Estas ayudas tienen el carácter de ayuda de minimis por lo que la cuantía total de las ayudas de minimisconcedidas a una empresa no podrán exceder de 200.000 € en un período de tres ejercicios fiscales.

Conceptos financiables

  • Gastos de viajes de prospección de mercados [gastos de viaje a fin de establecer contactos con inversores y publishers (editores de videojuegos)] y gastos de viajes para asistir a ferias internacionales, mercados y eventos profesionales. Sólo se subvencionarán los siguientes gastos y para un máximo de dos personas:
    • Gastos de transporte: no se aceptarán los billetes de clases preferentes. Desplazamiento en coche: 0,30 € por kilómetro y se añadirán los peajes. También se podrá incluir el alquiler de vehículos. 
    • Gastos de alojamiento (máximo 130€ por persona y noche). 
    • Gastos derivados de las pruebas diagnósticas de la COVID-19.  
  • Gastos del coste del alquiler de estands y de las acreditaciones para ferias, mercados internacionales y eventos profesionales que se desarrollen en formato presencial o virtual.  
  • Gastos de producción de material promocional comercial, físico o digital (creación y edición del contenido del material promocional) y gastos de contratación de publicidad, en cualquier formato, fuera de Cataluña. El material deberá estar, como mínimo, en una lengua distinta del catalán.
  • Gastos de acciones promocionales en redes sociales y gastos de contratación de servicios prestados por otras empresas para llevarlas a cabo.
  • Gastos de personal contratado para desarrollar las tareas de internacionalización, y de comunicación y marketing de la empresa o entidad solicitante. Se podrán imputar los gastos relativos a solo dos de los siguientes supuestos:
    • Los gastos de personal del solicitante para llevar a cabo exclusivamente tareas de internacionalización, y de comunicación y marketing. Se podrá imputar el 40% de los gastos de una persona durante el periodo subvencionable y hasta un importe máximo de 6000,00 € brutos. 
    • Los gastos de personal del solicitante que lleve a cabo, de forma parcial, tareas de internacionalización, y de comunicación y marketing. Se podrá imputar como máximo el 30% de los gastos de una persona durante el periodo subvencionable y hasta un importe máximo de 6000,00 € brutos. 
  • Gastos de contratación de empresas de servicios para desarrollar exclusivamente tareas de internacionalización, y de comunicación y marketing. Se podrá imputar hasta un 50% del gasto durante el periodo subvencionable y podrán ser varias empresas especializadas en diferentes mercados o segmentos comerciales. 
  • Gastos indirectos y generales.

No serán subvencionables los siguientes gastos: 

  • Gastos de manutención. 
  • Gastos de transportes urbanos. 
  • Gastos de producción y montaje de estands. 
  • Gastos de material de merchandising. 
  • Gastos de actividades de formación. 
  • Gastos de producción, edición y diseño de videojuegos, webs y sus traducciones. 
  • Gastos derivados de productos o servicios fuera del ámbito de la cultura.

Pago de la ayuda

  • El pago del 100% del importe de la subvención se realizará una vez presentada la cuenta justificativa.

Plazo presentación

  • 30 septiembre 2022.

Organismo financiador

En caso de estar interesado en esta línea de financiación

escríbenos a: info@red-innova.es