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Activa START-UP – PAÍS VASCO

Objeto de la financiación

Ayudas dirigidas al impulso de la innovación abierta a través de casos de éxito de colaboración entre empresa y startup, que ayuden al crecimiento y transformación digital de las empresas vinculadas a cualquier sector mediante la resolución de los retos de innovación.

Se considera Startup las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

  • No tener más de cinco años de antigüedad desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil de la escritura pública de constitución, con carácter general, o de siete en el caso de empresas de biotecnología, energía, o industrial.
  • No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación. Los términos concentración o segregación se consideran incluidos en las anteriores operaciones.
  • Tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España.
  • El 60% de la plantilla deberá tener un contrato laboral en España o contratos mercantiles en el ámbito de la Unión europea.
  • No distribuir ni haber distribuido dividendos.
  • No cotizar en un mercado regulado ni en un sistema multilateral de negociación.

Tipología de proyectos

Proyectos de asesoramiento en materia de innovación en transformación digital, desarrollo e incorporación de tecnologías emergentes, transformación hacia una economía baja en carbono o incorporación de la economía circular en el modelo de negocio de la PYME, con el objetivo de dar respuesta a retos planteados en empresas que buscan la innovación abierta mediante soluciones basadas en tecnologías emergentes de las siguientes tipologías:

  • Proyectos para la generación de innovación a través de la resolución de retos tecnológicos de empresas, sectores, ciudades y/o misiones que sirvan para romper brechas sociales, generacionales, y territoriales.
  • Actuaciones de asesoramiento en materia de innovación en el ámbito tecnológico, con el objetivo de dar respuesta a retos planteados en empresas que buscan la innovación abierta mediante soluciones basadas en tecnologías disruptiva
  • Actuaciones encaminadas a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
  • Actuaciones de demostración, adaptación y personalización de diversas tecnologías, pruebas y experimentación con tecnologías digitales, transferencia de conocimientos y tecnología, tests de validación, pruebas de concepto, producción de prototipos etc

No se admitirán como actuaciones subvencionables aquellos productos o servicios descritos anteriormente que simplemente formen parte del propio catálogo de productos/servicios de la entidad beneficiaria.

Se entiende por tecnologías emergentes: Inteligencia artificial; internet de las cosas; tecnologías de procesamiento masivo de datos e información; computación de alto rendimiento; computación en la nube; blockchain; procesamiento de lenguaje natural; ciberseguridad; biometría e identidad digital; biotech y medical devices; robótica; computación cuántica; analítica avanzada de datos/edge computing; tecnología de cadena de bloques; realidad virtual y aumentada; impresión 3D y fabricación aditiva; algoritmos verdes o nanotecnología, entre otras.

Beneficiarios

PYMEs con domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma Vasca, de cualquier sector, exceptuando las empresas que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura y las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas.

Quedan excluidas aquellas entidades que hayan resultado beneficiarias de las ayudas dirigidas a impulsar la innovación a través de la iniciativa «Activa Startups» en cualquiera de las convocatorias publicadas por Fundación EOI, F.S.P.

Período financiable

Desde la resolución de la concesión de las ayudas hasta un máximo de 8 meses desde la fecha de publicación de la misma.

Conceptos financiables

  • Gastos de contratación de una Startup.
  • Costes de personal: personal de la empresa beneficiaria, en la medida en que estén dedicados a la resolución del reto del programa. Podrán imputarse gastos tanto de personal con contrato laboral como de personal autónomo socio de la empresa (máx. 90% del total de los gastos). 
  • Instrumental y material inventariable: en caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el programa, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto. 
  • Material y productos similares.
  • Alquiler de instalaciones o edificaciones destinadas al desarrollo de la actividad.
  • Alquiler de maquinaria o equipos de terceros requeridas para la ejecución de la actividad vinculada al programa.
  • Alojamiento, locomoción y viajes: serán financiables únicamente en el caso de reuniones o actos convoca9.dos expresamente para el desarrollo del programa (máx. 20% del total de los gastos directos
  • Contratación de servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación dedicados al proyecto de innovación del programa.
  • Auditoría: Informe realizado por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
  • Costes indirectos: 15% de costes directos de personal.

Modalidad y cuantía de las ayudas

  • SUBVENCIÓN:  de hasta el 100% con un importe máximo de 25.000 €. 

Estas ayudas tienen el carácter de ayuda de minimis por lo que la cuantía total de las ayudas de minimis concedidas a una empresa no podrán exceder de 200.000 € en un período de tres ejercicios fiscales.

Cobro de la ayuda

El pago se efectuará una vez justificada y comprobada la realización de las acciones subvencionadas y el gasto total de las misma.

Plazo presentación

21 julio 2023

Organismo financiador

En caso de estar interesado en esta línea de financiación

escríbenos a: info@red-innova.es