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Ecosistemas de innovación basados en redes de excelencia CERVERA

Objeto de la financiación

Fomentar la llegada al entorno económico-social de capacidades tecnológicas desarrolladas por los Centros e Institutos Tecnológicos de Excelencia «Cervera», fomentando su puesta en valor y la contribución a la consolidación de ecosistemas innovadores.

Se entiende como ecosistema de innovación basado en redes de excelencia Cervera a grupos organizados, constituidos por partes independientes (empresas innovadoras de nueva creación y pequeñas, medianas y grandes empresas, así como organizaciones de difusión de investigación y conocimientos, organizaciones sin ánimo de lucro, otros agentes económicos relacionados o administraciones públicas) en los que deberá participar, al menos, un Centro Tecnológico de Excelencia Cervera.

El objetivo de los ecosistemas será estimular la actividad innovadora y la transferencia de conocimiento mediante la inversión y gestión de infraestructuras de uso compartido, el intercambio de conocimientos, incluyendo la formación, el trabajo en red y la cooperación transnacional; la prestación o canalización de servicios especializados y personalizados de apoyo al ecosistema, así como la colaboración entre las empresas y otras organizaciones de la agrupación.


Se financiarán las siguientes actividades:

  • La actividad de la agrupación para facilitar la colaboración, el intercambio de información y la prestación o canalización de servicios especializados y personalizados de apoyo a las empresas.
  • La comercialización de la agrupación para aumentar la participación de nuevas empresas u organizaciones y reforzar la visibilidad;
  • La gestión de las instalaciones de la agrupación, la organización de programas de formación, talleres y conferencias para fomentar el intercambio.

Tecnologías prioritarias CERVERA

El proyecto deberá encuadrarse en alguna de las tecnologías prioritarias Cervera (más detalles de cada una de ellas en Anexo I):

  • Materiales avanzados
  • Economía circular
  • Transición energética
  • Fabricación inteligente
  • Tecnologías para la salud
  • Cadena alimentaria segura y saludable
  • Deep learning, Inteligencia Artificial
  • Redes móviles avanzadas
  • Transporte inteligente
  • Protección de la información
  • Computación cuántica

Beneficiarios

Agrupaciones de personas jurídicas constituidas por un mínimo de cuatro y un máximo de ocho entidades:

  • Empresas, entendiendo como tales a todas aquellas entidades que ejerzan una actividad económica, independientemente de su forma jurídica y de su financiación.
  • Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  • Universidades y sus institutos universitarios de investigación, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria y normas complementarias.
  • Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
  • Asociaciones y fundaciones.
  • Administraciones Públicas (Administración General del Estado, Administraciones de las CC. AA., Administración Local) y las entidades de derecho público vinculados o dependientes de las distintas Administraciones públicas.

Composición agrupación

  • Mínimo 4 entidades de las cuales debe haber al menos:
    • 1 Centro Tecnológico y/o Centro de Apoyo a la Innovación Tecnológica que haya recibido ayuda en las convocatorias del año 2019 o 2020 para Centros de Excelencia Cervera
    • 1 empresa
  • Máximo 8 entidades
  • Coordinador: una empresa o un Centro Tecnológico y/o Centro de Apoyo a la Innovación Tecnológica que esté inscrito en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros, en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.
  • Los miembros de la agrupación deberán suscribir, con carácter previo a la formulación de la solicitud, un acuerdo interno que regule su funcionamiento.

Presupuesto de la agrupación

  • Presupuesto mínimo: 1M€
  • Presupuesto máximo: 3M€

Duración del proyecto

  • Plurianuales
    • Fecha inicio: posterior a la fecha de solicitud y debiendo solicitar ayuda para el año 2024.
    • Fecha fin: 31 diciembre 2025

Conceptos financiables

  • Personal propio o nuevas contrataciones.
  • Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares.
  • Subcontrataciones de hasta el 50% del presupuesto elegible para cada integrante del consorcio (No se permite la subcontratación de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada) 
  • Gestión de instalaciones de uso compartido.
  • Costes derivados de asesoramiento, realización de estudios, difusión, eventos y publicidad. En las actividades de difusión, eventos y publicidad sólo se admitirán costes asociados a la contratación de espacios, medios técnicos y cartelería.
  • Costes de publicación y difusión de resultados, incluidos aquellos que pudieran derivarse de la publicación en revistas de acceso abierto.
  • Costes derivados de la formación del personal asociado a la actuación. Los costes inherentes a la preparación de actuaciones formativas incluyendo el material docente o formativo.
  • Costes de inscripción en congresos, seminarios, conferencias, jornadas técnicas y similares.
  • Otros costes administrativos, siempre que encajen en alguna de las categorías de la Orden CIN 644/2023, de 16 de junio.
  • Costes indirectos (máximo 7% de los costes totales)

Modalidad y cuantía de la ayuda

SUBVENCIÓN de hasta el 50% de los gastos elegibles y un máximo de 7,5M€ por consorcio.

Cobro de la ayuda

  • El pago se realizará mediante una combinación de pago fraccionado a cuenta y pago con posterioridad a la realización de la actividad objeto de ayuda.
  • Tras dictarse resolución de concesión definitiva, el representante del consorcio podrá solicitar el pago anticipado de hasta el 60% de la subvención concedida. Los beneficiarios no deberán constituir garantía alguna.

Compatibilidad con otras ayudas

La ayuda concedida en el marco de esta convocatoria es incompatible, durante su período de ejecución, con cualquier otra ayuda pública de ámbito europeo, estatal o autonómico con idénticos objetivos y finalidad.

Presupuesto convocatoria

13.340.000€

Plazo presentación

  • Desde el 11 enero al 12 marzo 2024 (12:00h)

Organismo financiador

En caso de estar interesado en esta línea de financiación

escríbenos a: info@red-innova.es