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Programa UNICO SECTORIAL 5G

Objeto de la financiación

Proyectos de desarrollo experimental que desarrollen aplicaciones y servicios basados en el marco de la tecnología 5G que consigan la transformación digital de un sector económico.

La finalidad de las ayudas es promover el desarrollo de un ecosistema entre empresas, operadores y resto de agentes implicados para facilitar la aplicación de la tecnología 5G de una manera ágil y rápida en los siguientes sectores económicos clave en España: vehículo conectado, salud y servicios sociales, turismo, servicios portuarios y aeroportuarios, Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca, suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación, Medio ambiente y calidad del aire, Comercio, Almacenamiento y logística, Educación, Energía, gestión de emergencias, Industria extractiva y manufacturera, Seguridad, Hostelería, Información y comunicaciones, Actividades financieras y de seguros, Actividades inmobiliarias, Defensa y seguridad, Movilidad y transporte, Construcción, Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento, Industria Naval y Otros servicios.

Se pretende impulsar un tejido productivo que piense, cree y diseñe aplicaciones y servicios que aprovechen esta tecnología, ejerciendo un papel tractor y demostrador para el sector concreto de aplicación, y reforzar así el papel de España como uno de los polos tractores de digitalización mediante la aplicación de la tecnología 5G en el conjunto de la UE.

Características de los proyectos

  • Individuales o en cooperación (máximo de tres entidades).
  • Las aplicaciones y servicios 5G desarrollados pueden ser desplegados sobre redes privadas, en régimen de autoprestación, sobre redes públicas o mixtas.
  • Los proyectos deben partir de un grado de madurez tecnológica TRL 5 o 6.

Beneficiarios

  • Empresas
  • Organismos de investigación y difusión de conocimientos:
    • Organismos públicos de Investigación de la Administración General del Estado
    • Universidades
    • Otros centros públicos de I+D
    • Centros privados de I+D sin ánimo de lucro
    • Centros tecnológicos de ámbito estatal
    • Centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal
    • Organizaciones de apoyo a la transferencia tecnológica, difusión y divulgación tecnológica y científica y que incluyen parques científicos y tecnológicos, oficinas de transferencia de tecnología, oficinas de transferencia de resultados de la investigación, CEIs y los centros de innovación y tecnología.

Las entidades privadas deberán acreditar: 

  • Estar constituidas antes del 31 diciembre 2019
  • Solvencia económica y financiera cumpliendo con alguno de los cuatro criterios siguientes: 
    • El volumen anual de negocio de la entidad solicitante, referido al último ejercicio cerrado deberá ser igual o mayor que el 50% del presupuesto total del proyecto o conjunto de proyectos. 
    • Los fondos propios de la entidad solicitante en el último ejercicio cerrado deberán ser iguales o mayores que el 50% del presupuesto total del proyecto o conjunto de proyectos. 
    • El volumen de negocio medio de los tres últimos ejercicios cerrados deberá ser mayor o igual que el 50% del presupuesto total del proyecto o conjunto de proyectos. 
    • Aportando el resguardo de una garantía depositada en la Caja General de Depósitos por el 50% de la ayuda total solicitada. Dicha garantía responderá de la aceptación de la ayuda en caso de concederse, siendo independiente de la que se constituya como garantía del pago anticipado. Su liberación se practicará de oficio si no se concede ayuda o, en caso de concederse, cuando se constituya la garantía del pago anticipado.
  • Solvencia técnica o profesional, se valorará teniendo en cuenta:
    •  La experiencia previa de la entidad solicitante en el ámbito de aplicación del proyecto con objeto de determinar que disponen de la capacitación necesaria para la ejecución exitosa de las actividades. Se considerará acreditada la solvencia técnica o profesional cuando se hayan realizado previamente proyectos de similares o superiores características en los últimos 5 años o se disponga de personal suficiente en capacitación y número para la realización del proyecto.
    • En caso de subcontratación, aplicarán los mismos criterios de solvencia técnica a la empresa subcontratada que se requieren para la entidad solicitante. 

La adecuación del equipo de trabajo a la realización del proyecto se valorará teniendo en cuenta: 

  1. La capacitación técnica para la consecución de los objetivos identificados en la propuesta presentada.
  2.  Habilidades, conocimientos y experiencia adecuados para la ejecución de las funciones a desarrollar, así como composición de los equipos con los perfiles necesarios y con los apropiados niveles de dedicación.

Presupuesto

  • Presupuesto mínimo del proyecto: 1M€
  • Presupuesto máximo del proyecto: 15M€

Modalidad y cuantía de las ayudas

SUBVENCIÓN

Conceptos financiables

  • Personal (máximo 60€/h)
  • Subcontrataciones (hasta el 30% del presupuesto financiable)
  • Costes de instrumental y material inventariable
  • Costes de consultoría y servicios.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas.
  • Gastos generales suplementarios:
    • Costes indirectos (máximo 15% de los costes de personal)
    • Gastos de capacitación profesional del personal imputado al proyecto en tecnologías asociadas al desarrollo
    • Gastos destinados a la protección mediante propiedad industrial de los activos intangibles obtenidos durante el desarrollo del proyecto
    • Gastos de auditoría contable y técnica (máx. 1.500€)
  • Otros gastos de funcionamiento: costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto

Duración del proyecto

  • Desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el 31 de diciembre 2025.

Garantías

Se exigirá garantías del 100% de la subvención. La falta de presentación de dichos resguardos de constitución de garantías dentro del plazo fijado tendrá como efecto la pérdida del derecho al cobro de la ayuda.

  • Plazo garantía 1º pago: 15 días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión.

Cobro de la ayuda

Pago único de forma anticipada, previa presentación de la garantía antes mencionada.

Plazo presentación

  • Desde el 13 de febrero al 3 de marzo de 2023 (13:00h).

Organismo financiador

En caso de estar interesado en esta línea de financiación

escríbenos a: info@red-innova.es